Análisis Crítico de la Pluralidad de Socios como Regla General Exigida en la Constitución de Sociedades en el Marco de la Ley N° 26887 Ley General de Sociedades

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación se titula: Análisis crítico de la pluralidad de socios como regla general exigida en la constitución de sociedades en el marco de la Ley N° 26887 Ley General de Sociedades. Los principales resultados fueron: a) El contexto normativo del artículo 04 de la Ley Gene...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Bernedo Moscoso, Angélica Alejandra
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Católica de Santa María
Repositorio:UCSM-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucsm.edu.pe:20.500.12920/8369
Enlace del recurso:https://repositorio.ucsm.edu.pe/handle/20.500.12920/8369
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Sociedad unipersonal
sociedad pluripersonal
constitución de sociedades
naturaleza jurídica de la sociedad
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación se titula: Análisis crítico de la pluralidad de socios como regla general exigida en la constitución de sociedades en el marco de la Ley N° 26887 Ley General de Sociedades. Los principales resultados fueron: a) El contexto normativo del artículo 04 de la Ley General de sociedades, enmarca la situación de la unipersonalidad, como una situación proscrita, excepcional, no deseada y al mismo tiempo, de forma contradictoria no establece márgenes de participación máximos o mínimos en la constitución societaria, dando lugar a posibles supuestos en los que se puede cumplir con la exigencia legal de la pluralidad de socios instituyendo márgenes de participación extremos, generando así la posibilidad legal que la sociedad pueda contar con un sólo socio, en el que se concentran la casi totalidad de participaciones, situación que resulta contradictora en sí misma. b) La pluralidad constitutiva societaria, exigida por la Ley General de Sociedades resulta cuestionable, en tanto a su idoneidad por lo que consideramos que no hay impedimento para negar la posibilidad de la regulación permisiva de la sociedad unipersonal dentro de nuestro ordenamiento jurídico Palabras clave: Sociedad unipersonal, sociedad pluripersonal, constitución de sociedades, naturaleza jurídica de la sociedad.
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