La tenencia y custodia y el interés superior del niño” casación n° 5677-2018. Ancash

Descripción del Articulo

El presente análisis jurídico se basa en una sentencia casatoria emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, sobre demanda de tenencia y custodia de menor. La materia en discusión es la transgresión del debido proceso y el derecho a la debida motivación de l...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Paiva Diaz, Alba Rosa, Silvera Jayo, Pablo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/2653
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/2653
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Tenencia
Custodia
Debido proceso
Motivación de resoluciones judiciales
Alienación parental
Solvencia moral
Interés superior del niño
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente análisis jurídico se basa en una sentencia casatoria emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, sobre demanda de tenencia y custodia de menor. La materia en discusión es la transgresión del debido proceso y el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, mismas que, a consideración de la recurrente, debían esclarecerse a través de la sentencia casatoria antes mencionada (Casación N° 5677-2018. Ancash).Así, entonces, se desprende de la misma que la señora Karina Susan Alacha Dolores, el día 7 de agosto de 2017, y el señor Chang Berly Milla Ponce, el 8 de agosto de 2017, interpusieron demanda sobre tenencia y custodia de menor, respectivamente, y mediante resolución N° 05, de fecha 12 de septiembre de 2017, se resolvió acumular el expediente N° 003902017-0-207-JR-FC, demanda interpuesta por Karina Susan Alacha Dolores, contra Chang Berly Milla Ponce, sobre tenencia, con el expediente N° 393-2017-0-JR-FC, demanda interpuesta por Chang Berly Milla Ponce. El principal objetivo de la casación en mención es resolver la controversia originada sobre la vulneración del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, para determinar si los órganos de menor jerarquía resolvieron conforme a derecho. Como resultado de dicho análisis se obtuvo que mediante auto calificatorio de recurso, de fecha 19 de junio de 2019, obrante a fojas 78, se declaró procedente la misma; no obstante, la declararon infundada, siendo esta, como ya se dijo, la interpuesta por doña Karina Susan Alacha Dolores, contra la sentencia de vista contenida en la Resolución N° 32, de fecha 21 de agosto de 2018.
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