La consumación efectiva de los contratos con cláusula de reserva de propiedad frente al otorgamiento de escritura pública” cas. nº 3371-2018 - Lima

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación enfoca el análisis de la decisión tomada en la sentencia emitida en Casación Nº 3371-2018/Lima, emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de la República, respecto a establecer si otorgamiento de escritura pública transfiere la propiedad cuando exi...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Rabanal Carrillo, Abel Martín Sebastián, Alvarado León, Edgar Alejandro
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/1953
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/1953
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Contrato de Compraventa
Pacto de reserva de Propiedad
Reserva de Dominio
Escritura pública
Perfeccionamiento del contrato
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación enfoca el análisis de la decisión tomada en la sentencia emitida en Casación Nº 3371-2018/Lima, emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de la República, respecto a establecer si otorgamiento de escritura pública transfiere la propiedad cuando existe un contrato de compraventa de bien inmueble con cláusula de reserva de propiedad. Este estudio se realizó mediante el método cualitativo, basado en el análisis documental y la recolección de datos, teniendo como población a todas las sentencias casatorias emitidas en el año 2018 y como muestra, a la Casación Nº 3371-2018/Lima, con el objetivo de dilucidar si el otorgamiento de escritura pública es un elemento exclusivo de la consumación efectiva del contrato de compraventa en donde medie una cláusula de reserva de propiedad, pues es preciso señalar que, el pacto de reserva de propiedad en un contrato de compraventa, va a determinar el momento en el que se transferirá la propiedad que es naturalmente el objeto del contrato señalado. En consecuencia, se ha concluido que, el otorgamiento de la escritura pública no constituye más que una formalidad señalada por nuestro sistema normativo que dota de todas sus características al negocio jurídico, como lo son la publicidad y oponibilidad entre los más resaltantes, por lo que es independiente a la transferencia de propiedad que, en este caso, determina el momento para la consumación efectiva del contrato.
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