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Problemas concursales en los delitos de trata de personas y delitos de explotacion sexual

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación parte del análisis jurídico al Acuerdo Plenario N° 06-2019-/CIJ-116, pronunciado por los jueces supremos en lo penal, integrantes de las salas penales Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en el XI Pleno Jurisdiccional realizado...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Bancho Santama, Julio Cesar, Sanchez Ruiz, Maria Jose
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/1701
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/1701
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Concurso de delitos
Concurso real homogéneo
Trata de personas
Explotación sexual
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación parte del análisis jurídico al Acuerdo Plenario N° 06-2019-/CIJ-116, pronunciado por los jueces supremos en lo penal, integrantes de las salas penales Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en el XI Pleno Jurisdiccional realizado el diez de setiembre de dos mil diecinueve, sobre problemas concursales entre los delitos de trata de personas y delitos de explotación sexual. Este trabajo tiene como principal objetivo establecer los requisitos para que exista concurso real en la comisión de los delitos de trata de personas y de explotación sexual. Material y métodos: se empleó una ficha de análisis de documentos, teniendo como muestra el Acuerdo Plenario N° 06- 2019-/CIJ-116, utilizando el Método Descriptivo, cuyo diseño es no experimental. Se tiene como resultado que los jueces supremos en lo penal reunidos en el XI Pleno Jurisdiccional han pronunciado el Acuerdo Plenario N° 06-2019/CIJ-116 en el cual han establecido como doctrina legal, entre otros, que entre el delito de trata y los delitos de explotación sexual se configuraría un supuesto de concurso real heterogéneo. En conclusión, del análisis realizado en el presente trabajo se tiene que a través del Acuerdo Plenario N°06-2019/CIJ-116 se establece la existencia de un supuesto de concurso real heterogéneo, asimismo se hace la aclaración respecto a los supuestos tipificados en el código penal en los que se establece agravantes en los delitos de explotación sexual cuando deriven de un hecho de trata no existiendo en estos casos concurso de delitos.
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