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Prescripción de la acción penal, suspensión y aplicación retroactiva de la norma análisis de la casación N° 1387-2022- Cusco

Descripción del Articulo

La presente investigación tiene como objeto el análisis de la sentencia emitida por la Sala penal permanente de la Corte Suprema en la Casación Nº 1387-2022/CUSCO, en la cual se dirime como cuestión de pronunciamiento la procedencia o no de la prescripción de la acción penal. En las instancias de mé...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Cusihuaman Arisaca, Jhon Jilber, Moscoso Aguilar, Augusto Teobaldo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/3212
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/3212
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Interrupción de la prescripción
Irretroactividad
Prescripción de la acción penal
Principio de favorabilidad
Retroactividad benigna
Suspensión de la prescripción
Interruption of the statute of limitations
Non-retroactivity
Limitation on criminal action
Principle of favorability
Benign retroactivity
Suspension of the statute of limitations
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación tiene como objeto el análisis de la sentencia emitida por la Sala penal permanente de la Corte Suprema en la Casación Nº 1387-2022/CUSCO, en la cual se dirime como cuestión de pronunciamiento la procedencia o no de la prescripción de la acción penal. En las instancias de mérito, la excepción de prescripción planteada por la defensa del investigado fue desestimada y consecuentemente se emitió sentencia condenatoria en su contra. La Corte Suprema en los fundamentos de la Casación analiza la figura de la suspensión de la prescripción de la acción penal y aplica la retroactividad benigna de la Ley Nº 31751 que fijó en un año el límite máximo de la suspensión de la prescripción de manera tal que realiza el computo de la prescripción haciendo la sumatoria del tiempo extraordinario de prescripción más un año que es el tiempo límite de suspensión, declarando finalmente prescrita la acción penal.
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