Tutela jurisdiccional efectiva del ocupante precario – casación n°16-2019. Lima Sur

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación, versa sobre la Casación N°16-2019 Lima Sur, el cual analiza exhaustivamente el desalojo por ocupación precario interpuesto por la Municipalidad Distrital de Pachacamac, del inmueble ubicado frente a la avenida Víctor Malásquez, adyacente al Asentamiento Humano P...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Ferrer Vargas, Peter Giovanni, Hidalgo Ramírez, Carlos Enrique
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/3112
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/3112
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Tutela jurisdiccional efectiva
Debido proceso
Motivación aparente
Desalojo
Ocupante precario
Infracción normativa material
Procesal y excepcional
Effective judicial protection
Due process
Apparent motivation
Eviction
Precarious occupant
Material
Procedural and Exceptional Regulatory Infringement
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación, versa sobre la Casación N°16-2019 Lima Sur, el cual analiza exhaustivamente el desalojo por ocupación precario interpuesto por la Municipalidad Distrital de Pachacamac, del inmueble ubicado frente a la avenida Víctor Malásquez, adyacente al Asentamiento Humano Portada de Manchay – ampliación y la Comunidad Campesina de Collanac, distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima. En el presente caso, los ciudadanos Emilia Yauri Carhuas de Rodríguez, Agustina Taype Huamán, Dometila Romero Sanabria y Ana Melva Manuel Romero contestan la demanda negándola en todos tus extremos, en primera instancia el Juzgado Civil Transitorio de Lurín de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur declaró fundada la demanda, en razón que la parte demandante acredita ser propietaria del bien inmueble materia de litis. En segunda Instancia, la Sala Civil de Chorrillos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, revoca la sentencia de primera instancia y reformándola declara infundada la demanda de desalojo, en razón de que no existe congruencia entre los hechos reales con los fundamentos de la demanda. Posteriormente mediante recurso de casación, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República lo declara infundado, al no haberse demandado correctamente a todos los posesionarios del bien materia de litis, no ha descrito que extensión ocupan, así como las colindancias y perimétricas del predio, los cuales son determinantes para la individualización del predio atendiendo a su pretensión.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).