El caso emblemático de la niña romina vs indigente: determinación de los responsables para la indemnización civil, la victoria- lima, 2021

Descripción del Articulo

La presente investigación partió del problema ¿El Estado Peruano incurrió en responsabilidad por haber olvidado a las personas con grave alteración mental, no estableciendo protección a las personas con grave alteración y demás con naturaleza similar, y exponiendo a que éstas cometan daños que desen...

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Detalles Bibliográficos
Autores: López Echevarría, Angelica Anabel, Aching Sánchez, Juan
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/2254
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/2254
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Responsabilidad extracontractual
indemnización
caso Romina
Non-contractual liability
Compensation
Case Romina
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación partió del problema ¿El Estado Peruano incurrió en responsabilidad por haber olvidado a las personas con grave alteración mental, no estableciendo protección a las personas con grave alteración y demás con naturaleza similar, y exponiendo a que éstas cometan daños que desencadenan consecuencias irreparables hacia la sociedad? Y el objetivo fue: Determinar si el Estado Peruano incurrió en responsabilidad por haber olvidado a las personas con grave alteración mental, no estableciendo protección a las personas con grave alteración y demás con naturaleza similar, y exponiendo a que éstas cometan daños que desencadenan consecuencias irreparables hacia la sociedad. La técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por 132 abogados litigantes de la Provincia de Maynas, la muestra estuvo conformada por 98 abogados litigantes. El diseño que se empleó en la presente investigación es la “No experimental de tipo transaccional correlacional”. Para el análisis estadístico se usó la estadística descriptiva, para el estudio de las variables de manera independiente y para demostración de las hipótesis se usó la prueba paramétrica chicuadrado (x2). Los resultados indicaron que: El Estado Peruano sí incurrió en responsabilidady debe indemnizar por haber olvidado a las personas con grave alteración mental, conforme el artículo 1972 del código civil, no importa el dolo o culpa, sino la obligación de indemnizar; el Estado debe garantizar el bienestar de la población, y dar tratamiento psiquiátrico o psicológico y protección por autoridades a las personas con alteración mental, de no hacerlo, estas causan perjuicios afuera y hacia las demás personas.
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