Derecho al libre desarrollo de la personalidad en las fuerzas armadas sentencia 277/2023 (EXP. N 01844-2021-PA/TC)

Descripción del Articulo

El presente trabajo en la sentencia 277/2023 EXP. N°. 01844-2021-PA/TC LIMA, Norka Valery Almonte Torres, la accionante interpone demanda de amparo, por vulneración de los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la debida motivación de las resoluciones administrativas y a la intimidad, en...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Garcia Cespedes, Rai Steven, Ramos Ávila, Percy Nazario
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/3234
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/3234
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Conducta impropia
Derecho a la igualdad
Dignidad humana
Disciplina militar
Discriminación
Infracción disciplinaria
Infracción muy grave
Relación sentimental
Sanción disciplinaria
Improper conduct
Right to equality
Human dignity
Military discipline
Discrimination
Disciplinary infraction
Very serious infraction
Romantic relationship
Disciplinary sanction
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo en la sentencia 277/2023 EXP. N°. 01844-2021-PA/TC LIMA, Norka Valery Almonte Torres, la accionante interpone demanda de amparo, por vulneración de los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la debida motivación de las resoluciones administrativas y a la intimidad, en contra la Comandancia General del Ejército. En la estructura del trabajo, el Noveno Juzgado Constitucional de Lima, mediante Resolución N° 5, de fecha 04 de noviembre de 2019, declara en parte la demanda, ordenando la reincorporación de la accionante al servicio activo en el Ejercito del Perú en el grado de capitán. La Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución 9, de fecha 18 de febrero de 2021, revoca la apelada y declara improcedente la demanda por estimar que la sanción disciplinaria militar debe cuestionarse a través del proceso contencioso-administrativo. El Tribunal Constitucional mediante sentencia de fecha 27 de abril de 2023, declara fundada en parte la demanda de amparo, por haberse acreditado la vulneración de los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la debida motivación de las resoluciones administrativas y a la intimidad, y nula la Resolución de la Comandancia General del Ejército 0521 CGE/DACOCOM, de fecha 31 de mayo de 2018.
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