Sentencia del Tribunal Constitucional Expediente N° 03165-2015-PC/TC-Moquegua

Descripción del Articulo

El Expediente No. 0365-2015-PC/TC Moquegua, en el cual el Tribunal Constitucional evalúa la demanda de Acción de Cumplimiento y determina la procedencia de la solicitud de la recurrente María Manuela Cristina Pinto Espinosa, respecto de su derecho de percibir el subsidio por luto y sepelio con base...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Freitas Córdova, Paulo Jhair, Vásquez Góngora, Marivel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/1055
Enlace del recurso:http://repositorio.ucp.edu.pe/handle/20.500.14503/1055
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Acción de cumplimiento, Subsidio por luto, Gastos por sepelio, Acto administrativo, Mandamus, Capitalización de intereses.
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El Expediente No. 0365-2015-PC/TC Moquegua, en el cual el Tribunal Constitucional evalúa la demanda de Acción de Cumplimiento y determina la procedencia de la solicitud de la recurrente María Manuela Cristina Pinto Espinosa, respecto de su derecho de percibir el subsidio por luto y sepelio con base en el Decreto Supremo 005-90-TR, al no encontrarse el causante (cónyuge fallecido) sometido a dicho régimen, razón por la cual el Segundo Juzgado Mixto de Ilo, declara improcedente su demanda, concluyendo que el acto administrativo realizado por la emplazada carece de virtualidad suficiente para convertirse en un mandamus. Teniendo como antecedentes diversos criterios expresados por la Corte Suprema de Justicia de la República y del Tribunal Constitucional con relación al caso; respecto a estos hechos en particular. Teniendo como objetivo determinar los alcances jurídicos de protección constitucional de derechos mediante la acción de cumplimiento en contra de la resolución administrativa Material y Métodos; se empleó una ficha de análisis de documentos, analizando una muestra consistente en la Sentencia emitida en el Expediente N° 0168-2005-PC/TC, utilizando el Método Descriptivo Explicativo, cuyo diseño fue no experimental ex post facto. Resultado, del Segundo Juzgado Mixto de Ilo que declara IMPROCEDENTE y la Sala Superior competente que CONFIRMA lo improcedencia, la Sentencia del Tribunal declara FUNDADA la demanda a favor de la demandante. Conclusión, el presente análisis concluye a través del precedente vinculante dispuesto por el Tribunal Constitucional recaído en el expediente N° 0168-2005-PC/TC, que el Tribunal Constitucional en aplicación al precedente vinculante antes mencionado declara FUNDADA la demanda, ordenando cumplimiento del mandato dispuesto en la Resolución Directoral UGEL-Ilo Nº 01074, debiendo cubrir el pago por concepto de Subsidio por Luto y Gastos de Sepelio por el fallecimiento de su cónyuge así como con el pago de los intereses legales y costos procesales, a la demandante María Manuela Cristina Pinto Espinoza, conforme a Ley.
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