“Presupuestos para demandar desalojo por ocupación precaria” Casación 2156-2014-Arequipa.
Descripción del Articulo
El presente análisis jurídico, se refiere a un importante caso resuelto por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República que mediante La Casación 2156-2014-AREQUIPA, realizan un ponderado análisis sobre el tema en controversia, presupuestos para demandar desalojo por ocu...
Autores: | , |
---|---|
Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2019 |
Institución: | Universidad Científica del Perú |
Repositorio: | UCP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/808 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.ucp.edu.pe/handle/20.500.14503/808 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Desalojo Ocupación precaria contrato Posesión Título Arrendamiento https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | El presente análisis jurídico, se refiere a un importante caso resuelto por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República que mediante La Casación 2156-2014-AREQUIPA, realizan un ponderado análisis sobre el tema en controversia, presupuestos para demandar desalojo por ocupación precaria. Teniendo como antecedentes diversos criterios expresados por la Corte Suprema de Justicia de la República con relación al desalojo por ocupación precaria; respecto a este caso es determinar si hubo o no vulneración de derechos fundamentales y constitucionales en el caso propuesto. Se tiene que el objetivo de la referida casación es resolver la controversia en sede Casatoria para determinar si la sentencia de vista ha sido expedida vulnerando los dispositivos contenidos en el Art 196 y 197 del Código Procesal Civil y del Art 911 del Código Civil. Material y Métodos; se empleó una ficha de análisis de documentos, analizando una muestra consistente en la Casación N° 2156-2014-AREQUIPA, utilizando el Método Descriptivo Explicativo, cuyo diseño fue no experimental ex post facto. Entre el Resultado, el Colegiado Supremo, declara Infundado el recurso de casación interpuesta por Leonor Ccoto Tacca, en consecuencia, NO CASARON la sentencia de vista que declara fundada la demanda respecto al desalojo por Ocupación Precaria. En conclusión, en el presente caso se aplica el Art 397° del Código Procesal Civil, así mismo cita la Casación 1498-2000-LIMA y el Pleno Jurisdiccional Civil del año dos mil, y se ordena en desocupar y entregar a la demandante Eulalia Cabrera Arcos la posesión de bien inmueble materia de controversia, por lo que corresponde examinar o verificar con el análisis correspondiente, si hubo vulneración al derecho de posesión de la demandada o de lo contrario si la casación fue emitida con arreglo a ley sin afectar derecho alguno. |
---|
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).