El aborto sentimental y la vulneración al derecho de integridad personal en víctimas de la fiscalía provincial penal corporativa de Satipo, 2024
Descripción del Articulo
La presente investigación tuvo como objetivo analizar, si la normativa actual, que prohíbe la ejecución del aborto sentimental, conlleva una vulneración al Derecho de la Integridad personal en las víctimas de violación sexual. El Código Penal Peruano sanciona como delito, el Aborto Sentimental, así...
| Autores: | , , |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2026 |
| Institución: | Universidad Continental |
| Repositorio: | CONTINENTAL-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.continental.edu.pe:20.500.12394/19513 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12394/19513 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Aborto Integridad Víctimas de abuso sexual Eficacia y validez del derecho Autoestima Abortion Integrity Rape victims Effectiveness and validity of the law Self-esteem https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | La presente investigación tuvo como objetivo analizar, si la normativa actual, que prohíbe la ejecución del aborto sentimental, conlleva una vulneración al Derecho de la Integridad personal en las víctimas de violación sexual. El Código Penal Peruano sanciona como delito, el Aborto Sentimental, así lo establece en su artículo 120° inciso 1, sin embargo, en el artículo 2 inciso 1 de la Constitución Política del Perú establece que: “Toda persona tiene derecho: 1) (.) a su integridad moral, psíquica y física (.)”. (Constitución Política del Perú, Art. 2.1 ,1993 ). Es decir, por un lado, se prohíbe que una víctima de violación sexual recurra al aborto sentimental, pese a que ello se podría configurar en una agresión a su integridad personal en amplias dimensiones, y por el otro , a la vez, se garantiza su derecho a la integridad personal en su dimensión física, psíquica y moral : situación disconcordante y que resulta más grave aún, cuando se pone en contraste con la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia en Contra de las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Ley N° 30364 , mediante la cual protege y regula los contextos para estos grupos vulnerables para que gocen de una protección cualificada e igualitaria. Para alcanzar el objetivo , se recurrió al análisis de casos en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Satipo y al análisis de entrevistas realizada a fiscales que llevaron casos relacionados al aborto sentimental, dichos análisis se utilizaron con la finalidad de realizar la interpretación sistemática y teleológica de las normas que protegen el derecho a la integridad personal de las mujeres frente a la prohibición del aborto sentimental para cumplir el objetivo de establecer si existe vulneración del derecho a la integridad personal en víctimas de violación sexual cuando se prohíbe el aborto sentimental. En lo metodológico , la investigación de tipo básico, corresponde a un enfoque cualitativo, de un nivel descriptivo. Su diseño se basa en una metodología inductiva, analítica y observativa. Como técnica , se utilizó el análisis de carpetas fiscales y el desarrollo de entrevistas , asimismo como instrumento se ejecutó una guía documental rigurosa para el análisis correcto de las carpetas y entrevistas a trabajar , y que toman como foco a la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Satipo, donde se presentan casos relacionados a nuestro objeto de estudio. Los resultados de la investigación demostraron la existencia de vulneración al derecho de la integridad personal de las mujeres víctimas de violación sexual , en un nivel psíquico y moral, al obligarlas a llevar a término el embarazo resultante de una violación sexual generando taras en su salud mental, cambiando su proyecto de vida, entre otros factores. Asimismo, a consecuencia de ser involucradas en procesos penales , donde se dilucidan nuevamente los hechos de la violación sexual , se configuran supuestos de revictimización lo que vulnera su integridad personal a nivel de la no protección estatal. De igual forma , se identificó la incongruencia que existe entre la aplicación de delito del aborto sentimental y la aplicación de los derechos fundamentales , reconocidos nacional e internacionalmente , de las mujeres para que no sean castigadas por su condición de víctimas de violación sexual ante la prohibición del aborto sentimental. En conclusión, el estudio destaca la necesidad de revisar el tratamiento normativo del aborto sentimental desde una interpretación sistemática y teleológica teniendo como enfoque la protección del derecho a la integridad personal de las mujeres. Se propone realizar un cambio necesario para las víctimas que han sufrido violación sexual y que posterior a ello son revictimizadas a consecuencia de ser obligadas a ser madres de lo contrario recibirán un castigo. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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