El requerimiento judicial de incautación de bien mueble y la vía sumarísima, tramitado en contra de los clientes Mitsui Autofinance S.A.
Descripción del Articulo
La presente tesis se centra en campo del derecho Comercial y la forma en cómo se desarrolla el requerimiento judicial de incautación de bien mueble que se regula en el artículo 51º de la Ley de Garantía Mobiliaria Nº 28677. El objetivo fue establecer la existencia de alguna relación entre el requeri...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2015 |
| Institución: | Universidad Alas Peruanas |
| Repositorio: | UAP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uap.edu.pe:20.500.12990/382 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12990/382 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Acreedor garantizado Garantía mobiliaría Obligación garantizada Constituyente http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | La presente tesis se centra en campo del derecho Comercial y la forma en cómo se desarrolla el requerimiento judicial de incautación de bien mueble que se regula en el artículo 51º de la Ley de Garantía Mobiliaria Nº 28677. El objetivo fue establecer la existencia de alguna relación entre el requerimiento judicial de incautación de bien mueble y la vía sumarísima, para ello se recolectó información utilizando procedimientos metodológicos estándares, seleccionando y aplicando un cuestionario, a muestras constituidas por los clientes de Mitsui Auto Finance S.A. los mismos que fueron elegidos de forma intencional. Asimismo se encontró, que los deudores (clientes de Mitsui Auto Finance S.A.) desconocían la forma de ejecución del requerimiento judicial de incautación de bien mueble en relación a la vía sumarísima. Es por ello, que la presente investigación busca advertir al constituyente y/o deudor sometido a un contrato de constitución de garantía mobiliaria, la consecuencia del incumplimiento de referido contrato, a fin de evitar que el acreedor garantizado llegue a solicitar el requerimiento judicial de incautación de bien mueble previsto en el artículo 51º de la Ley de Garantía Mobiliaria, toda vez que la norma antes acotada no brinda las garantías de una tutela jurisdiccional efectiva, que le asisten al deudor a fin de que pueda ejercer su derecho de defensa. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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