Atentados contra monumentos arqueológicos en el Departamento de Lima, zona arqueológica Necrópolis Miramar del Distrito de Ancón, año 2015

Descripción del Articulo

Esta investigación se inserta en el área del Derecho Penal y procura analizar cómo se regulan los “Atentados Contra Monumentos Arqueológicos en el Departamento de Lima, Zona Arqueológica Necrópolis Miramar de Ancón, Año 2015”, se realiza con la finalidad de analizar la regulación de los Atentados co...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Orejón Ygreda, José Hugo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2015
Institución:Universidad Alas Peruanas
Repositorio:UAP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uap.edu.pe:20.500.12990/563
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12990/563
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Monumentos arqueológicos
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http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Esta investigación se inserta en el área del Derecho Penal y procura analizar cómo se regulan los “Atentados Contra Monumentos Arqueológicos en el Departamento de Lima, Zona Arqueológica Necrópolis Miramar de Ancón, Año 2015”, se realiza con la finalidad de analizar la regulación de los Atentados contra Monumentos Arqueológicos en el Departamento de Lima, Zona Arqueológica Necrópolis Miramar del Distrito de Ancón, tomando como referencia las indicaciones de funcionarios y servidores del Ministerio de Cultura, Ministerio Publico y Abogados especialistas. La metodología de investigación tiene las siguientes características: paradigma interpretativo, un enfoque cualitativo, el tipo de investigación proyectiva, el diseño es no experimental, el método de aplicación es inductivo, el recojo de la muestra es no probabilístico y la técnica y recolección de datos es a través de la entrevista grabada, con la finalidad de alcanzar un análisis al comportamiento delictivo que asecha constantemente nuestro patrimonio cultural a través de las invasiones depredando y restando su valor cultural para la Nación. Se concluye en la presente investigación es que la ley penal es muy benigna para la protección del patrimonio cultural prehispánico, porque no se tiene sanciones ejemplares a través del poder judicial y la falta de políticas públicas de prevención por parte del Estado para contrarrestar estos actos contra el patrimonio cultural prehispánico que tiene un valor cultural y requiere atención inmediata para la conservación, protección y restauración según las normas Internacionales de la que somos parte y que nuestra Constitución Política de 1993 la consagra para su debida protección, difusión con políticas públicas.
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