Implicancias de la prueba Indiciaria aplicados en la acusación Fiscal, para Determinar la Responsabilidad del Imputado en las Fiscalías Penales de la Provincia de Puno - año 2014 - 2015

Descripción del Articulo

Actualmente en el Perú, resulta innegable que la prueba es sustancial en el proceso penal, a juicio de que solo a través de ella se va a alcanzar con la verdad, la misma que va a echar abajo que se presuma de inocencia de un imputado, siendo que la prueba nos aparta de la arbitrariedad en las decisi...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Apaza Maravi, Ray Derek
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Andina Néstor Cáceres Velasquez
Repositorio:UANCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uancv.edu.pe:UANCV/2237
Enlace del recurso:http://repositorio.uancv.edu.pe/handle/UANCV/2237
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Implicancias, prueba indiciaria, acusación fiscal
Descripción
Sumario:Actualmente en el Perú, resulta innegable que la prueba es sustancial en el proceso penal, a juicio de que solo a través de ella se va a alcanzar con la verdad, la misma que va a echar abajo que se presuma de inocencia de un imputado, siendo que la prueba nos aparta de la arbitrariedad en las decisiones judiciales, ya sean directas, indirecta o indiciaria, el Juez al valorar las pruebas, debe tener en cuenta y observar lo que son las reglas de la lógica, también la ciencia y las máximas de la experiencia, presentando resultados obtenidos así como los discernimientos adoptados. Los hechos a que se refieren a la imputación son objetos de prueba, la punibilidad y la de la determinación de la pena o de la medida de seguridad, así como también de los referidos a la responsabilidad civil que se deriva del delito, ello conforme se puede ver del artículo 156 del Código Procesal Penal, es claro indicar que la prueba es el hecho, debiendo realizarse la imputación por parte del titular de la acción penal, la misma que debe realizarse con claridad y exactitud el cual es subsumido por la tipología pertinente. Si con la prueba directa no se prueba el delito se recurre a la prueba indirecta, que también puede implantar una pena, teniendo que la prueba indirecta o indiciaria tiene un trato especial a diferencia de otras pruebas, la prueba indiciaria que no tiene una orientación directa al hecho punible, debiendo recurrirse necesariamente a otros hechos circunstanciales que tenga relación con el hecho punible, siendo por ello es distinto, teniendo de por si un margen de error a diferencia de la prueba directa. En el ámbito nacional y también en el distrito judicial de Puno, la prueba indiciaria es escasamente tratado, aun siendo medular en el proceso penal, pero tiene que ser tratado de manera más meticulosa su aplicación, toda vez que las investigaciones tienen que estar premunidas de todas garantías que amerite y no dejar impune los delitos ocasionados por personas que cometen delitos, pues es necesario una aplicación de la prueba indiciaria desde la investigación preliminar con la finalidad de causar convicción en el Juzgador que es la etapa final.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).