Carga Procesal en el Poder Judicial y la Implementación de un Proceso Civil Común en el Perú
Descripción del Articulo
En la presente tesis abordo una alternativa de solución a la actual crisis por la que atraviesa el poder judicial con respecto a los procesos civiles, debido a la carga procesal del poder judicial genera la dilación de los procesos civiles, conllevando a retrasos innecesarios en el trámite procesal....
Autor: | |
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Formato: | tesis doctoral |
Fecha de Publicación: | 2015 |
Institución: | Universidad Andina Néstor Cáceres Velasquez |
Repositorio: | UANCV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.uancv.edu.pe:UANCV/647 |
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Materia: | Poder Judicial Proceso Civil Común |
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En la presente tesis abordo una alternativa de solución a la actual crisis por la que atraviesa el poder judicial con respecto a los procesos civiles, debido a la carga procesal del poder judicial genera la dilación de los procesos civiles, conllevando a retrasos innecesarios en el trámite procesal. En cambio el proceso penal ha sufrido también una reforma con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal del año 2004, considero en la presente tesis, existe la necesidad de una reforma en el proceso civil peruano, planteando nuevas tendencias que puedan contribuir a cumplir satisfactoriamente con los fines del proceso para la solución de conflicto de intereses y la eliminación de las incertidumbres jurídicas en un plazo razonable, para recuperar la confianza en la administración de justicia. Los procesos civiles demoran en demasía para llegar a resolver las controversias inclusive décadas, frente a estos inconvenientes de la tramitación procesal planteo la posibilidad de implementar un proceso común para el proceso civil, respetando por supuesto los principios que rigen el proceso civil y la vigencia de nuestra Constitución Política. Las etapas propias del proceso civil, son la etapa postulatoria, la etapa probatoria, la etapa decisoria, la etapa impugnatoria y la etapa ejecutoria, propongo que los procesos civiles sean más eficaces, con la propuesta, que una vez presentado la demanda, se debe procesar su calificación y admitir a trámite, debiéndose correrse traslado de la demanda a la contraparte para que proceda a realizar su absolución con los medios de defensa que invoque, y los instrumentos de prueba que ofrezca con la consecuente calificación de la contestación, y una vez declarado absuelto el traslado de la demanda se debe fijar día y hora para la AUDIENCIA UNICA, similar a los procesos sumarísimos, en donde se contempla la realización de una sola audiencia única en el proceso civil, con todas las bondades de un proceso de conocimiento y luego de la realización de la audiencia única se proceda a emitir la sentencia, con lo que se acortarían los plazos y se obtendría una sentencia en los plazos más breves. Varios autores sostienen que en el proceso sumarísimo solo se tramitan los proceso no tan complejos, entonces el tema se trata en la complejidad de los procesos, en los años que vengo ejerciendo la abogacía, veo innecesaria la dilatación de las etapas del proceso con audiencias separadas como es el caso del proceso de conocimiento, con la idea que el concepto de justicia en todos los casos debe ser asumido con la misma responsabilidad y atendido de la manera más eficaz, con la misma objetividad e imparcialidad. Existe una famosa frase que circula en la comunidad “la justicia que tarda es justicia”, mostrando de manera irónica el descontento generalizado. Con estos fundamentos propongo se proceda con la reforma del Código Procesal Civil y se instaure un proceso común para todos los procesos tramitados en los procesos civiles del Perú |
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En la presente tesis abordo una alternativa de solución a la actual crisis por la que atraviesa el poder judicial con respecto a los procesos civiles, debido a la carga procesal del poder judicial genera la dilación de los procesos civiles, conllevando a retrasos innecesarios en el trámite procesal. En cambio el proceso penal ha sufrido también una reforma con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal del año 2004, considero en la presente tesis, existe la necesidad de una reforma en el proceso civil peruano, planteando nuevas tendencias que puedan contribuir a cumplir satisfactoriamente con los fines del proceso para la solución de conflicto de intereses y la eliminación de las incertidumbres jurídicas en un plazo razonable, para recuperar la confianza en la administración de justicia. Los procesos civiles demoran en demasía para llegar a resolver las controversias inclusive décadas, frente a estos inconvenientes de la tramitación procesal planteo la posibilidad de implementar un proceso común para el proceso civil, respetando por supuesto los principios que rigen el proceso civil y la vigencia de nuestra Constitución Política. Las etapas propias del proceso civil, son la etapa postulatoria, la etapa probatoria, la etapa decisoria, la etapa impugnatoria y la etapa ejecutoria, propongo que los procesos civiles sean más eficaces, con la propuesta, que una vez presentado la demanda, se debe procesar su calificación y admitir a trámite, debiéndose correrse traslado de la demanda a la contraparte para que proceda a realizar su absolución con los medios de defensa que invoque, y los instrumentos de prueba que ofrezca con la consecuente calificación de la contestación, y una vez declarado absuelto el traslado de la demanda se debe fijar día y hora para la AUDIENCIA UNICA, similar a los procesos sumarísimos, en donde se contempla la realización de una sola audiencia única en el proceso civil, con todas las bondades de un proceso de conocimiento y luego de la realización de la audiencia única se proceda a emitir la sentencia, con lo que se acortarían los plazos y se obtendría una sentencia en los plazos más breves. Varios autores sostienen que en el proceso sumarísimo solo se tramitan los proceso no tan complejos, entonces el tema se trata en la complejidad de los procesos, en los años que vengo ejerciendo la abogacía, veo innecesaria la dilatación de las etapas del proceso con audiencias separadas como es el caso del proceso de conocimiento, con la idea que el concepto de justicia en todos los casos debe ser asumido con la misma responsabilidad y atendido de la manera más eficaz, con la misma objetividad e imparcialidad. Existe una famosa frase que circula en la comunidad “la justicia que tarda es justicia”, mostrando de manera irónica el descontento generalizado. Con estos fundamentos propongo se proceda con la reforma del Código Procesal Civil y se instaure un proceso común para todos los procesos tramitados en los procesos civiles del Perú |
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En la presente tesis abordo una alternativa de solución a la actual crisis por la que atraviesa el poder judicial con respecto a los procesos civiles, debido a la carga procesal del poder judicial genera la dilación de los procesos civiles, conllevando a retrasos innecesarios en el trámite procesal. En cambio el proceso penal ha sufrido también una reforma con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal del año 2004, considero en la presente tesis, existe la necesidad de una reforma en el proceso civil peruano, planteando nuevas tendencias que puedan contribuir a cumplir satisfactoriamente con los fines del proceso para la solución de conflicto de intereses y la eliminación de las incertidumbres jurídicas en un plazo razonable, para recuperar la confianza en la administración de justicia. Los procesos civiles demoran en demasía para llegar a resolver las controversias inclusive décadas, frente a estos inconvenientes de la tramitación procesal planteo la posibilidad de implementar un proceso común para el proceso civil, respetando por supuesto los principios que rigen el proceso civil y la vigencia de nuestra Constitución Política. Las etapas propias del proceso civil, son la etapa postulatoria, la etapa probatoria, la etapa decisoria, la etapa impugnatoria y la etapa ejecutoria, propongo que los procesos civiles sean más eficaces, con la propuesta, que una vez presentado la demanda, se debe procesar su calificación y admitir a trámite, debiéndose correrse traslado de la demanda a la contraparte para que proceda a realizar su absolución con los medios de defensa que invoque, y los instrumentos de prueba que ofrezca con la consecuente calificación de la contestación, y una vez declarado absuelto el traslado de la demanda se debe fijar día y hora para la AUDIENCIA UNICA, similar a los procesos sumarísimos, en donde se contempla la realización de una sola audiencia única en el proceso civil, con todas las bondades de un proceso de conocimiento y luego de la realización de la audiencia única se proceda a emitir la sentencia, con lo que se acortarían los plazos y se obtendría una sentencia en los plazos más breves. Varios autores sostienen que en el proceso sumarísimo solo se tramitan los proceso no tan complejos, entonces el tema se trata en la complejidad de los procesos, en los años que vengo ejerciendo la abogacía, veo innecesaria la dilatación de las etapas del proceso con audiencias separadas como es el caso del proceso de conocimiento, con la idea que el concepto de justicia en todos los casos debe ser asumido con la misma responsabilidad y atendido de la manera más eficaz, con la misma objetividad e imparcialidad. Existe una famosa frase que circula en la comunidad “la justicia que tarda es justicia”, mostrando de manera irónica el descontento generalizado. Con estos fundamentos propongo se proceda con la reforma del Código Procesal Civil y se instaure un proceso común para todos los procesos tramitados en los procesos civiles del Perú |
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Los procesos civiles demoran en demasía para llegar a resolver las controversias inclusive décadas, frente a estos inconvenientes de la tramitación procesal planteo la posibilidad de implementar un proceso común para el proceso civil, respetando por supuesto los principios que rigen el proceso civil y la vigencia de nuestra Constitución Política. 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Varios autores sostienen que en el proceso sumarísimo solo se tramitan los proceso no tan complejos, entonces el tema se trata en la complejidad de los procesos, en los años que vengo ejerciendo la abogacía, veo innecesaria la dilatación de las etapas del proceso con audiencias separadas como es el caso del proceso de conocimiento, con la idea que el concepto de justicia en todos los casos debe ser asumido con la misma responsabilidad y atendido de la manera más eficaz, con la misma objetividad e imparcialidad. Existe una famosa frase que circula en la comunidad “la justicia que tarda es justicia”, mostrando de manera irónica el descontento generalizado. 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