La cobertura del seguro complementario de trabajo de riesgo en las actividades de turismo de aventura en el departamento del Cusco del año 2019

Descripción del Articulo

El turismo de aventura no está dentro del marco normativo del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo ” ley 26790” por lo que se puede deducir que en nuestra legislación realizar estas actividades no conllevaría ningún riesgo. Si bien tenemos el Decreto Supremo que regula el turismo de aventura 0...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Ccayahuallpa Quispe, Jhonatan
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Andina del Cusco
Repositorio:UAC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uandina.edu.pe:20.500.12557/4036
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12557/4036
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Vulneración de derechos
Prestación de servicios
Integridad física
Turismo de aventura
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El turismo de aventura no está dentro del marco normativo del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo ” ley 26790” por lo que se puede deducir que en nuestra legislación realizar estas actividades no conllevaría ningún riesgo. Si bien tenemos el Decreto Supremo que regula el turismo de aventura 005-2016-MINCETUR “Reglamento del Turismo de Seguridad para la Prestación del Servicio de Turismo de Aventura” y su modificatoria que es el Decreto Supremo 001-2019-MINCETUR, esta solo nos señala lineamientos de seguridad en la prestación de servicios en el turismo de aventura, la cual tiene una posición contra viniente para la seguridad que debería tener el personal que se dedica a dicha actividad lo cual en ninguna parte de la referida normativa no señala algún tipo de protección al personal que practica y dirige la actividad de turismo de aventura por lo cual se dejaría desamparado al personal al ocurrir algún accidente de trabajo o siniestro, asimismo se puede concluir que existiría una vulneración al derecho del trabajo y a la vida el cual protege nuestra Constitución. Por lo consiguiente el problema que planteamos es como seria si se contase con un seguro complementario de trabajo de riesgo y este como influiría en la seguridad e integridad del personal que se dedica a la actividad de turismo de aventura en el departamento del cusco en el año 2019, por lo tanto en el presente trabajo se demostrara que, el personal dedicado a la actividad de turismo de aventura para su protección en su salud e integridad física debería estar inmerso dentro de la ley 26790 para así contar con una cobertura adicional y ser catalogada como un trabajo de riesgo.
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