El dictamen fiscal en los procesos contenciosos administrativos especiales bajo la concepción de eficacia de la tutela judicial efectiva en los juzgados mixtos y salas de Huaraz, periodo 2015-2016

Descripción del Articulo

La finalidad de la presente investigación es determinar si en la práctica el dictamen fiscal en los Procesos Contenciosos Administrativos Especiales bajo la concepción de eficacia de la tutela judicial efectiva en los Juzgados Mixtos y Salas de Huaraz en el periodo 2015- 2016 constituye una formalid...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Lizardo Olortegui, Silene
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo
Repositorio:UNASAM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:172.16.0.151:UNASAM/1885
Enlace del recurso:http://repositorio.unasam.edu.pe/handle/UNASAM/1885
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Dictamen fiscal
Proceso contencioso administrativo especial
Tutela judicial efectiva
Principio de celeridad
Eficacia procesal
Descripción
Sumario:La finalidad de la presente investigación es determinar si en la práctica el dictamen fiscal en los Procesos Contenciosos Administrativos Especiales bajo la concepción de eficacia de la tutela judicial efectiva en los Juzgados Mixtos y Salas de Huaraz en el periodo 2015- 2016 constituye una formalidad de exigibilidad innecesaria. Para ello se ha realizado una investigación empírico jurídico, empleando la técnica documental, análisis documental, la encuesta y sus instrumentos de fichas textuales, resumen, análisis y el cuestionario respectivamente. También se ha aplicado el método de la interpretación jurídica, argumentación jurídica, fenomenológico, inductivo, matemático, estadístico. Mediante el estudio de 50 expedientes judiciales de los Juzgados Mixtos y Salas de la Corte Superior de Justicia de Ancash y la encuesta realizada a 13 Magistrados se ha logrado validar las hipótesis planteadas. Se ha verificado que en la práctica el dictamen fiscal es una formalidad de exigibilidad innecesaria, pues 32 expedientes contienen dictámenes fiscales que no se encuentran debidamente motivados y solamente 18 expedientes contienen dictámenes fiscales debidamente motivados, asimismo 11 Magistrados opinan que los dictámenes fiscales no se encuentran debidamente motivados y 2 de ellos opinan lo contrario. Además los Jueces al emitir sentencia no toman como referencia a lo esgrimido en los dictámenes fiscales, prefieren utilizar sus propios argumentos. Finalmente, el tiempo utilizado para este procedimiento oscila entre 01 mes con 05 días a 08 meses con 01 día, vulnerando el principio de celeridad y eficacia procesal.
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