La defensa del derecho al nombre a través de la inclusión de aceptación del hijo en la afirmación de filiación extramatrimonial en el Perú

Descripción del Articulo

La presente investigación tuvo por finalidad establecer los beneficios que otorgaría la inclusión de aceptación del hijo en la afirmación de su filiación extramatrimonial en la defensa de su derecho al nombre el cual fue inscrito solamente con los apellidos de uno de sus progenitores.; para lo cual...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Albornoz Villacorta, Neil Kepler
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo
Repositorio:UNASAM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:172.16.0.151:UNASAM/2506
Enlace del recurso:http://repositorio.unasam.edu.pe/handle/UNASAM/2506
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Defensa del derecho al nombre
Derecho al nombre
Filiación extramatrimonial
Descripción
Sumario:La presente investigación tuvo por finalidad establecer los beneficios que otorgaría la inclusión de aceptación del hijo en la afirmación de su filiación extramatrimonial en la defensa de su derecho al nombre el cual fue inscrito solamente con los apellidos de uno de sus progenitores.; para lo cual se realizó una investigación jurídica de tipo dogmático -normativa-teórica- y por su naturaleza fue cualitativa en el desarrollo de la investigación, particularmente en el Marco Teórico, empleamos la técnica del análisis documental y bibliográfico, con sus instrumentos el análisis de contenido y las fichas, respectivamente. En la discusión de resultados fundamentados en la doctrina, jurisprudencia y normatividad tanto nacional, así como del Derecho comparado se pudo concluir que éstos respaldan en buena medida la inclusión de aceptación del hijo en la afirmación de su filiación como requisito de eficacia para la defensa de su derecho al nombre y consideran que es factible tomar en cuenta la aceptación del hijo mayor de dieciséis años en la afirmación de su filiación extramatrimonial, como requisito de eficacia que tutela su derecho al nombre. En lo concerniente a la normatividad nacional en la materia podemos concluir que limita la aceptación del hijo en cuanto a su derecho al nombre, considerando únicamente los apellidos de un solo progenitor y restringiendo el grado de participación que debe permitirse al hijo
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