La falta de regulación de la garantia por vicios ocultos en la obras públicas ejecutadas bajo administración directa por la Municipalidad Provincial de Huancavelica, 2012 - 2013
Descripción del Articulo
La presente tesis, fundamenta, justifica y desarrolla una vasta construcción teórica, e investigación de campo, que permiten conocer, plantear e implementar una alternativa de solución al problema investigado titulado: "LA FALTA DE REGULACIÓN DE LA GARANTIA POR VICIOS OCULTOS EN LAS OBRAS PÚBL...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2015 |
Institución: | Universidad Nacional de Huancavelica |
Repositorio: | UNH-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.unh.edu.pe:UNH/447 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.unh.edu.pe/handle/UNH/447 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Municipalidad provincial de Huancavelica Obras publicas Administración directa Vicios ocultos |
Sumario: | La presente tesis, fundamenta, justifica y desarrolla una vasta construcción teórica, e investigación de campo, que permiten conocer, plantear e implementar una alternativa de solución al problema investigado titulado: "LA FALTA DE REGULACIÓN DE LA GARANTIA POR VICIOS OCULTOS EN LAS OBRAS PÚBLICAS EJECUTADAS BAJO ADMINISTRACIÓN DIRECTA POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAVELICA, 2012- 2013", con el propósito de contribuir objetivamente a mejorar la normativa jurídica peruana, y efectiva fiscalización de los recursos económicos destinados a los gobiernos locales. La Ley de Contrataciones del Estado y su respectivo Reglamento, ha regulado la garantía por vicios ocultos en la obras públicas, con el propósito de entregar una herramienta efectiva para la buena inversión de los fondos públicos destinados a la ejecución de obras sociales, y para que tanto los gobiernos locales y regionales puedan exigir a los contratistas el resarcimiento por los defectos y/o deficiencias que presenten las obras publicas dentro de los siete años de su entrega. La norma jurídica, de la que brota las. proposiciones mencionadas en la Ley de Contrataciones del Estado; en efecto, manifiesta en su artículo 50°: "Responsabilidad del contratista.- El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes o servicios ofertados( ... ). En el caso de obras, el plazo de responsabilidad no podrá ser inferior a siete (7) años, contado a partir de la conformidad de la recepción total o parcial de la obra, según corresponda. Las Bases deberán establecer el plazo máximo de responsabilidad del contratista". |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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