Tipificación penal de la sextorsión como mecanismo jurídico de protección a las víctimas en el entorno virtual. Huancavelica – 2025

Descripción del Articulo

La tipificación penal de la sextorsión busca reconocer y sancionar este delito dentro del marco jurídico, con el fin de proteger a las víctimas en el entorno virtual. La sextorsión ocurre cuando una persona es chantajeada con imágenes o videos íntimos para obtener beneficios sexuales, económicos o d...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Quispe Anccasi, Fredy Percy
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Nacional de Huancavelica
Repositorio:UNH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unh.edu.pe:20.500.14597/10060
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.14597/10060
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Tipificación Penal
Sextorsión
Mecanismo Jurídico de Protección
Victimas y Entorno Virtual
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La tipificación penal de la sextorsión busca reconocer y sancionar este delito dentro del marco jurídico, con el fin de proteger a las víctimas en el entorno virtual. La sextorsión ocurre cuando una persona es chantajeada con imágenes o videos íntimos para obtener beneficios sexuales, económicos o de otro tipo. Al incorporarla explícitamente en la legislación penal, se fortalece la respuesta del sistema de justicia, se brinda mayor protección y acceso a reparación a las víctimas, y se desincentiva el uso de medios digitales para cometer actos de violencia sexual y psicológica. Así que se tuvo como objetivo general determinar si es necesario la tipificación penal de la sextorsión como mecanismo jurídico de protección a las víctimas en el entorno virtual en Huancavelica – 2025. En cuanto la metodología se empleó un tipo de investigación básica, de un nivel descriptivo, siendo los métodos el científico, dogmático, descriptivo y estadístico. Respecto al diseño fuer no experimental de corte transversal. Entre los resultados más importantes se tiene que en el ítem I8. Necesidad de tipificar la sextorsión, la gran mayoría (92.9%) respondió Sí, lo que refleja un consenso fuerte en torno a esta afirmación. Y en el ítem I9. Diferencia con el chantaje, la gran mayoría (83.3%) respondió Sí, lo que refleja un consenso fuerte en torno a esta afirmación. Finalmente, en el ítem I11. Importancia de la reforma legislativa, la gran mayoría (85.7%) respondió Sí, lo que refleja un consenso fuerte en torno a esta afirmación. De acuerdo a estos resultados Se acepta la hipótesis general, confirmando la necesidad de tipificar la sextorsión. El análisis estadístico, centrado en el ítem clave I8, mostró que el 92.9% de los encuestados respondió afirmativamente a la pregunta sobre la necesidad de tipificar la sextorsión en el Código Penal peruano. El valor del estadístico z (5.555) y el p-valor unilateral (p <0.0001) evidencian que esta proporción supera significativamente el umbral del 50%, establecido como referencia en la hipótesis nula. De este modo, se rechaza la hipótesis nula y se acepta la hipótesis general (H1), validando empíricamente que la tipificación penal específica de la sextorsión es considerada necesaria por la mayoría de los operadores de justicia y abogados encuestados en Huancavelica. Esta conclusión representa un aporte directo a la propuesta de reforma normativa, pues no solo refleja la percepción individual de los xiv encuestados, sino que constituye evidencia cuantitativa de apoyo institucional y social para la medida.
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