Modificación del art. 19° de la ley del proceso contencioso administrativo para su ejercicio con carácter facultativo, en Huancavelica 2020.

Descripción del Articulo

La presente tesis titulada: “Modificación del art. 19° de la ley del proceso contencioso administrativo para su ejercicio con carácter facultativo, en Huancavelica 2020”, ha sido desarrollada a razón de los constantes problemas de ineficiencia en las acciones y omisiones de la Administración Pública...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Quispe Javier, Jhaquelin
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Nacional de Huancavelica
Repositorio:UNH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unh.edu.pe:20.500.14597/4577
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.14597/4577
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Carácter facultativo
Modificación
Articulo 19
Proceso contencioso administrativo
Ejercicio
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente tesis titulada: “Modificación del art. 19° de la ley del proceso contencioso administrativo para su ejercicio con carácter facultativo, en Huancavelica 2020”, ha sido desarrollada a razón de los constantes problemas de ineficiencia en las acciones y omisiones de la Administración Pública, y el agotamiento de la vía administrativa se convirtió en el mecanismo adecuado para sujetar al administrado a una zona oscura donde se puede hacer nugatorio su derecho a la tutela judicial efectiva. Siendo así el objetivo general: Conocer la importancia la modificación del Art. 19° de la Ley del Proceso Contencioso Administrativo para su ejercicio con carácter facultativo, en Huancavelica 2020. La metodología empleada fue de la siguiente manera: el tipo fue básica, el nivel fue descriptivo explicativo, entre los métodos de investigación empleados fueron el científico, deductivo, inductivo, exegético y analítico, el diseño fue un no experimental. La técnica fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. Entre los resultados más importantes se pudo observar que los resultados de la encuesta aplicada a los funcionarios públicos, jueces competentes del proceso contenciosos administrativo y administrados; el 17% (5) mencionan” NO” y el 83% (24) mencionan “SI” con respecto a que considera que el agotamiento de la vía administrativa es inconstitucional ya que limita el acceso a la justicia y a la tutela jurisdiccional efectiva. Y como conclusión se tiene que en nuestra legislación actual están siendo afectados los derechos al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, a la defensa y al debido procedimiento al tener como requisito de admisibilidad el agotar la vía administrativa antes de acudir al órgano jurisdiccional. De acuerdo a la investigación realizada se pudo conocer que Si, es importante la modificación del Art. 19° de la Ley del Proceso Contencioso Administrativo para su ejercicio con carácter facultativo, en Huancavelica 2020.
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