Incorporación del término “proyecto de vida en común” como requisito esencial para el reconocimiento de unión de hecho, distrito de Huancavelica - 2020
Descripción del Articulo
El presente estudio denominado: INCORPORACIÓN DEL TÉRMINO “PROYECTO DE VIDA EN COMÚN” COMO REQUISITO ESENCIAL PARA EL RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, DISTRITO DE HUANCAVELICA - 2020, ha sido desarrollado para ver la falta de efectividad del artículo 326 del código civil ya que sufre ciertas anomal...
| Autor: | |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2022 |
| Institución: | Universidad Nacional de Huancavelica |
| Repositorio: | UNH-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.unh.edu.pe:20.500.14597/4887 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.14597/4887 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Incorporación Proyecto de vida en común Requisito esencial reconocimiento Unión de hecho https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | El presente estudio denominado: INCORPORACIÓN DEL TÉRMINO “PROYECTO DE VIDA EN COMÚN” COMO REQUISITO ESENCIAL PARA EL RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, DISTRITO DE HUANCAVELICA - 2020, ha sido desarrollado para ver la falta de efectividad del artículo 326 del código civil ya que sufre ciertas anomalías en su contenido, para ello proponemos la incorporación del término “proyecto de vida en común” como un requisito más dentro del mismo articulado, esto con el fin de garantizar la integridad de los integrantes concubinos. Se tiene como objetivo, determinar si cabe la importancia de incorporar el término “proyecto de vida en común” como requisito esencial para el reconocimiento de unión de hecho, Distrito de Huancavelica – 2020. En ese sentido la metodología empleada fue: Tipo: Básico, Nivel: Descriptivo – Correlacional, Métodos: Científico, Hipotético-Deductivo, Descriptiva Analítica, Estadístico y Doctrinario. Se consignó como muestra a cuarenta personas entre Magistrados en materia Civil y Familia, abogados litigantes y parejas en situación de concubinato. Así mismo la Técnica utilizada fue la Encuesta y el Instrumento fue el Cuestionario. Entre los resultados más importantes tenemos que la tabla y grafico 3 observamos los resultados de la percepción de los Jueces en lo Civil y Familia, Jueces de Paz Letrado, Abogados y parejas en situación de convivencia o concubinato del distrito de Huancavelica; el 73% (22) consideran la respuesta “No” y el 27% (8) consideran la respuesta “Si” con respecto a que cree que existe una adecuada regulación de la unión de hecho en nuestro código civil en cuanto a los requisitos para su debido reconocimiento. Y como conclusión se tiene que Sí, cabe la importancia de incorporar el término “proyecto de vida en común” como requisito esencial para el reconocimiento de unión de hecho, Distrito de Huancavelica – 2020 |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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