Estándares objetivables para interpretar la valoración equitativa en la fijación del resarcimiento por daño moral en la responsabilidad civil contractual

Descripción del Articulo

El artículo 1332 del Código Civil plantea que cuando el resarcimiento del daño no pueda ser probado en un monto preciso, el juez deberá fijarlo mediante la valoración equitativa. Esta disposición normativa resulta indeterminada, pues el contenido de la valoración equitativa no está establecido en ni...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Araujo Morales, Cristian Javier
Formato: tesis doctoral
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Nacional de Cajamarca
Repositorio:UNC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/4616
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14074/4616
Nivel de acceso:acceso abierto
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description El artículo 1332 del Código Civil plantea que cuando el resarcimiento del daño no pueda ser probado en un monto preciso, el juez deberá fijarlo mediante la valoración equitativa. Esta disposición normativa resulta indeterminada, pues el contenido de la valoración equitativa no está establecido en ninguna otra disposición y más bien se ha dejado que sea el criterio judicial el que la determine en cada caso concreto, especialmente, al momento de establecer la indemnización correspondiente al daño moral en la responsabilidad civil contractual. Sin embargo, la judicatura ha venido aplicando la valoración equitativa de una manera subjetiva, pues a su sola invocación fija el monto del resarcimiento del daño moral en la responsabilidad civil contractual, sin establecer dentro de su argumentación las mínimas razones que sustentan ese juicio de equidad, lo cual resulta atentatorio contra el deber-derecho constitucional de fundamentar las decisiones judiciales. Frente a esta problemática, la presente investigación se enfoca a establecer estándares objetivables que permitan fijar con un mínimo de racionalidad el monto del resarcimiento del daño moral en la responsabilidad civil contractual, atendiendo a criterios básicos alcanzados por la doctrina nacional y extranjera, principalmente la italiana, que se ha abocado de manera especial a esta área problemática del derecho, pero sobre todo, buscando que la interpretación del referido concepto afectado por la indeterminación jurídica, se construya conforme a los valores que priman en la Constitución Política, tales como el que establece que el fin supremo de la sociedad y el Estado es la persona humana, o el que ordena que constituye un derecho fundamental la protección de su salud, su integridad física, psicológica y emocional. En este contexto, se ha elaborado un marco teórico que recoge aspectos base de naturaleza ius-filosófica como la indeterminación del derecho y las teorías de la interpretación jurídica, así como un marco doctrinario de la responsabilidad civil, con especial énfasis en la responsabilidad civil contractual, el daño moral, la valoración equitativa, los estándares objetivables y los criterios doctrinarios que nos alcanzan los juristas en torno a la indemnización de daño moral. Luego de un amplio análisis crítico de los principios y conceptos anotados se ha llegado a establecer que los estándares objetivables para fijar el monto del resarcimiento del daño moral en la responsabilidad civil contractual son la intensidad del daño causado, el factor de atribución y su clase, la naturaleza del bien jurídico extra patrimonial afectado y las condiciones personales de la víctima, los mismos que consideramos deben ser sometidos a crítica y, de ser el caso, deben ser aplicados en las instancias judiciales para de esta manera honrar el deber-derecho de fundamentar las decisiones judiciales y, al mismo tiempo, garantizar la predictibilidad y el control de las sentencias por parte de los involucrados en un proceso judicial, como por los órganos de grado que deben resolver los recursos impugnatorios.
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