Razones jurídicas para no considerar a la concesión minera como un derecho real en la legislación peruana

Descripción del Articulo

La presente tesis, parte del estudio y regulación de los derechos reales en el Código Civil de 1984, donde se logra identificar a la institución de la concesión minera, la cual es desarrollada de forma especial mediante los Decretos Supremos N.° 014- 92-E; y 020-2020-EM; en dicho contexto, se advier...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Collantes Villegas, Milagros Jhisela
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Nacional de Cajamarca
Repositorio:UNC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/7098
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14074/7098
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:concesión minera y procedimiento administrativo
recursos naturales
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente tesis, parte del estudio y regulación de los derechos reales en el Código Civil de 1984, donde se logra identificar a la institución de la concesión minera, la cual es desarrollada de forma especial mediante los Decretos Supremos N.° 014- 92-E; y 020-2020-EM; en dicho contexto, se advierte que esta figura jurídica es considerada como un derecho subjetivo materializado a través de un procedimiento administrativo. En tal virtud, se estructura las razones jurídicas para no considerarla como un derecho real; siendo la primera de ellas, que, a partir de los derechos y obligaciones del titular minero, como es el pago del derecho de vigencia o de penalidad, su falta de cancelación produce la caducidad o extinción de la concesión minera; como segunda razón, se tiene que el depósito mineral o yacimiento minero se termina o desaparece al haberse extraído todo el material y con ello la concesión. La tercera razón jurídica, surge del procedimiento administrativo, donde se habilita el recurso de oposición como mecanismo para interrumpir el otorgamiento de la concesión minera al afectarse derechos de terceras personas; y, la cuarta razón jurídica, se evidencia del estudio del recurso de revisión, como instrumento para cuestionar todas aquellas decisiones tomadas por el ente administrativo que concede o deniega la concesión minera; en tal virtud, se devela y concluye en reformar la naturaleza de la institución jurídica, con el objetivo de permitir su protección.
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