El Carácter Amplio de la Tutela de Derechos en la Protección de las Garantías Procesales

Descripción del Articulo

Uno de los mecanismos destinados a cautelar los derechos del procesado lo constituye la figura de la Tutela de Derechos implementada con el Código Procesal Penal de 2004, respecto de la cual se ha llegado a interpretaciones disímiles en cuanto al contenido, alcances y la naturaleza jurídica que esta...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Sánchez Sánchez, David Alexander
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Nacional de Cajamarca
Repositorio:UNC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/3212
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14074/3212
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Tutela de Derechos
impugnación
debido proceso
derechos fundamentales
Descripción
Sumario:Uno de los mecanismos destinados a cautelar los derechos del procesado lo constituye la figura de la Tutela de Derechos implementada con el Código Procesal Penal de 2004, respecto de la cual se ha llegado a interpretaciones disímiles en cuanto al contenido, alcances y la naturaleza jurídica que esta encierra, considerándola como un mecanismo procesal de carácter restringido, limitando su actuación únicamente a los supuestos que establece el artículo 71 inciso 2 del Código Procesal Penal de 2004. Así, nuestro problema de investigación se circunscribe a este doble entendimiento de la Tutela de Derechos, es decir, si solo podría ser utilizada en caso de afectación de los derechos expresamente reconocidos en el artículo 71 inciso 2 del Código Procesal Penal de 2004 o si debe efectuarse una interpretación extensiva del ámbito de protección de dicho mecanismo procesal. Ante ello, se planteó como hipótesis que los fundamentos jurídicos que sustentan el carácter protector amplio de la Tutela de derechos son: El carácter de garantía constitucional que ostenta la Tutela de derechos; la obligación internacional del Estado en materia de garantías y protección de derechos fundamentales a nivel judicial (derecho a la defensa eficaz y a un mecanismo de impugnación rápido y efectivo); la finalidad concreta del proceso penal orientada a la garantía de los derechos del procesado; la aplicación de un control de convencionalidad por parte de los jueces del ámbito nacional y la utilización del principio Pro Homine como regla de interpretación de las disposiciones normativas.
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