Razones jurídicas para considerar a los viáticos como instrumento configurador del delito de peculado

Descripción del Articulo

Mediante la presente investigación que es de suma importancia, conoceremos de cerca cómo es que los Funcionarios y Servidores Públicos, en su mayoría, utilizan los viáticos que les son otorgados para realizar funciones fuera de su sede habitual de trabajo, de manera desproporcional y excesiva, sin n...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Campos Maldonado, Milagros Patricia
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad Nacional de Cajamarca
Repositorio:UNC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/1085
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14074/1085
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Razones jurídicas
instrumento configurador
Delito de peculiado
Descripción
Sumario:Mediante la presente investigación que es de suma importancia, conoceremos de cerca cómo es que los Funcionarios y Servidores Públicos, en su mayoría, utilizan los viáticos que les son otorgados para realizar funciones fuera de su sede habitual de trabajo, de manera desproporcional y excesiva, sin ningún tipo de observancia de las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público; así como también sin la observancia de los Principios regulatorios de economicidad, veracidad y oportunidad previstos en la Ley N° 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, así como de los principios rectores contenidos en el Código de Ética de la Función Pública, sancionado por la Ley N° 27815, que informa sobre los principios de probidad, eficiencia, idoneidad y veracidad. Es así, que a través de la presente investigación, se determinarán las consecuencias jurídico-penales que se generan con la indebida utilización, administración y/o apropiación de viáticos por parte de los funcionarios y servidores públicos de la Administración Pública; como es el caso cuando no se rinden cuentas del monto de dinero asignado por concepto de viáticos, o como cuando se presentan rendiciones de viáticos con comprobantes de pago que contienen consumos excesivos, o cuando simplemente deciden sustentar sus gastos realizados en las comisiones de servicio a través de declaraciones juradas simples, pese a que dichas comisiones se realizaron en lugares donde expiden comprobantes de pago debidamente autorizados por SUNAT. Asimismo, a través del presente estudio se ha contribuido al establecimiento de soluciones frente a esta problemática; pues lo que se busca es que exista una plena garantía de la protección penal de la funcionalidad de la Administración Pública, la misma que se encuentra en la confianza de la Sociedad en la Administración Pública y en sus funcionarios.
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