El devengo fiscal en el reconocimiento de rentas empresariales y su impacto en el principio de capacidad contributiva

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación analiza el impacto del devengo fiscal vigente a partir del 01 de enero de 2019 en el reconocimiento de ingresos empresariales con el principio constitucional de capacidad contributiva. Esta norma se emite a raíz de que hasta el ejercicio 2018 no se contaba con un...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Huangal Choque, Jimmy
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad de Lima
Repositorio:ULIMA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ulima.edu.pe:20.500.12724/18484
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12724/18484
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Impuesto a la renta
Income tax
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación analiza el impacto del devengo fiscal vigente a partir del 01 de enero de 2019 en el reconocimiento de ingresos empresariales con el principio constitucional de capacidad contributiva. Esta norma se emite a raíz de que hasta el ejercicio 2018 no se contaba con una definición en la Ley del Impuesto a la Renta de devengo, esta situación derivó a que se interpretara este concepto en diversas perspectivas: Contable, jurídica inclusive ambas, en consecuencia, generó inseguridad jurídica a los operadores de Derecho. Esta definición del devengo fiscal se apoya en la doctrina jurídica y deja de lado un tema esencial que es la probabilidad de recibir la contraprestación, esta situación llevaría a que se reconozcan ingresos puramente nominales derivados de un contrato. En ese sentido, al reconocer rentas inexistentes, se estaría vulnerando el principio de capacidad contributiva, esto llevaría a que la norma tenga rasgos de inconstitucionalidad. El objetivo de esta investigación es demostrar que la interpretación armonizadora con arreglo a la capacidad contributiva es la solución en los casos en donde se evidencia que hay una clara vulneración al principio de capacidad contributiva al intentar gravar rentas nominales, los operadores de Derecho deben interpretar las normas de acuerdo con nuestra Constitución. En conclusión, no hay impedimento para los operadores de Derecho a utilizar las disposiciones constitucionales por encima de la ley y que deben adecuar sus decisiones de acuerdo con la Constitución.
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