Informe Jurídico sobre Sentencia del Tribunal Constitucional del Expediente 7811-2005-PA/TC, 22 de noviembre de 2005

Descripción del Articulo

El Secreto Profesional se constituye en una piedra angular de la relación abogado-cliente porque implica el elemento confianza, básico para el idóneo ejercicio de la profesión legal en el Perú. Por tal razón, la comprensión del Secreto Profesional del abogado, cuando un profesional del derecho es ci...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Llerena Robles, José Carlos
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/199017
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/27372
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Ética legal
Abogados--Ética profesional--Perú
Comunicaciones confidenciales
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El Secreto Profesional se constituye en una piedra angular de la relación abogado-cliente porque implica el elemento confianza, básico para el idóneo ejercicio de la profesión legal en el Perú. Por tal razón, la comprensión del Secreto Profesional del abogado, cuando un profesional del derecho es citado a rendir testimonio ante la autoridad policial, o, inclusive, fiscal, en el marco de una investigación penal contra un cliente suyo, requiere de un análisis profundo en sus dimensiones de responsabilidad profesional y constitucional. Tanto la Constitución Política del Perú, como el Código Procesal Penal y el Código de Ética de la Junta de Decanos de Colegios de Abogados del Perú, sistemática e integralmente, cautelan que en tal escenario el abogado pueda cumplir con resguardar la información protegida por el Secreto Profesional. Dependiendo de la particularidad de cada caso, y específicamente del tipo de información divulgada, se puede determinar si tal información está protegida por el Secreto Profesional; si efectivamente se consumó la vulneración del Secreto Profesional; y la viabilidad y consideraciones del proceso de hábeas corpus como una vía pertinente e idónea de tutela del Secreto Profesional. El Secreto Profesional, constituye una inmunidad y un derecho, que debe ser respetado por el abogado y autoridades, cuando al primero se le cita como testigo para rendir testimonio ante la Policía en el marco de una investigación penal contra un cliente suyo. Entonces, el Proceso de Habeas Corpus es la vía de tutela del Secreto Profesional, y su procedencia y protección debe conciliar el rol residual de dicha vía jurisdiccional y las particularidades del Secreto Profesional.
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