Los derechos fundamentales y la diversidad sexual
Descripción del Articulo
Tras la Segunda Guerra Mundial y las nefastas atrocidades cometidas en ellas, se crea el Sistema Universal e Interamericano de protección de Derechos Humanos que recoge valores comunes mínimos de la civilidad como la igualdad y no discriminación los cuales integran la dignidad humana; principios-der...
Autor: | |
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Formato: | tesis de maestría |
Fecha de Publicación: | 2019 |
Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Repositorio: | PUCP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/169723 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/15757 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Homosexualidad Homofobia Derechos humanos--Perú Discriminación sexual--Perú Peru. Constitución (1993) Derecho constitucional--Perú Minorías sexuales--Legislación--Perú Perú--Legislación Género--Legislación--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | Tras la Segunda Guerra Mundial y las nefastas atrocidades cometidas en ellas, se crea el Sistema Universal e Interamericano de protección de Derechos Humanos que recoge valores comunes mínimos de la civilidad como la igualdad y no discriminación los cuales integran la dignidad humana; principios-derechos que han sido recogidos por nuestra Constitución. En este contexto de derechos fundamentales se enmarca la presente tesis, dado que tiene como objetivo principal evidenciar que las personas LGTBI aún padecen discriminación social, legislativa y judicial, por el hecho de tener una sexualidad no binaria o heteronormativa convirtiéndolos en ciudadanos de segunda clase, carentes de derechos, pues no acceden a derechos tan básicos como la salud, educación, trabajo, el libre desarrollo de la personalidad, entre otros. En ese sentido, a través de un estudio comparativo, descriptivo y analítico de la dogmática de los derechos fundamentales, así como de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de nuestro Tribunal Constitucional se constata dicha situación; asimismo, se advierte la necesidad de reconocer constitucionalmente la unión de las personas homoafectivas a través del matrimonio igualitario, además se compara con la experiencia constitucional en América Latina. Con todo ello, se concluye que la binariedad sexual (varón-mujer) sigue siendo el modelo social imperante que excluye e invisibiliza a las personas LGTBI y no brinda respuestas a sus necesidades ni protege sus derechos, razón por la que el Estado debe adoptar políticas públicas que transversalicen la igualdad de derechos y erradiquen la discriminación contra las personas con sexualidades diversas. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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