Informe sobre expediente de relevancia jurídica E-2706, N°33-2010/ CCO-INDECOPI-03-11 sobre dos solicitudes de reconocimiento de créditos en el marco del procedimiento concursal de Doe Run Perú S.R.L.

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Este informe tiene por objeto realizar un análisis de las solicitudes de reconocimiento de créditos a favor del Ministerio de Energía y Minas dentro del procedimiento concursal ordinario al cual se sometió Doe Run Perú S.A. A entender del Ministerio, el incumplimiento de Doe Run de i) llevar a cabo...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Granda Benavides, Sebastián
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/195669
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/25945
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Obligaciones (Derecho)
Derecho civil--Perú
Derecho concursal--Perú
Derecho administrativo--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Este informe tiene por objeto realizar un análisis de las solicitudes de reconocimiento de créditos a favor del Ministerio de Energía y Minas dentro del procedimiento concursal ordinario al cual se sometió Doe Run Perú S.A. A entender del Ministerio, el incumplimiento de Doe Run de i) llevar a cabo un proyecto contenido en su programa de adecuación y manejo ambiental y ii) no renovar dos cartas fianza producto de la última prórroga del plazo para ejecutar el proyecto genera en a su favor dos créditos concursales del quinto orden. En este informe se analizan las instituciones jurídicas de Derecho de Obligaciones, Derecho Administrativo y Derecho Ambiental, las cuales fueron abordadas por las partes, la Comisión de Procedimientos Concursales de INDECOPI y la Sala de Defensa de la Competencia de INDECOPI. Se utiliza una metodología bibliográfica al emplear la jurisprudencia y doctrina especializada en la revisión y análisis del caso. Las conclusiones principales son i) que el incumplimiento de Doe Run de llevar a capo proyecto contenido en su programa de adecuación y manejo ambiental sí genera un crédito concursal en favor del Ministerio, en la medida que la sanción administrativa prevista para este incumplimiento no excluye la posibilidad de responsabilidad civil; y, ii) que el incumplimiento de Doe Run de no renovar las cartas fianza no genera un crédito concursal en favor del Ministerio, en tanto las cartas fianza no son una obligación independiente, sino un instrumento para garantizar una obligación.
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