Exportación Completada — 

Desvinculación procesal, camino de regreso al modelo inquisitivo o institución justificada excepcionalmente

Descripción del Articulo

La función persecutora del delito desde la constitución del 1979 ha sufrido una modificación sustancial, que empodero el rol del Ministerio Público como director de la investigación, al conducirla desde su inicio, asume su titularidad y la función de si fonnuJa o no acusación, lo que traduce y resal...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Serrano Alvarez, José Augusto
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/153412
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/13995
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho procesal penal--Perú
Derecho procesal penal--Legislación
Perú--Legislación
Perú. Código Procesal Penal (2004)
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La función persecutora del delito desde la constitución del 1979 ha sufrido una modificación sustancial, que empodero el rol del Ministerio Público como director de la investigación, al conducirla desde su inicio, asume su titularidad y la función de si fonnuJa o no acusación, lo que traduce y resalta la independencia de funciones dentro del proceso penal (distintas al rol jurisdiccional), adentrándonos al planteamiento del problema, es palmario saber que la desvinculacíón procesal es la injerencia modificatoria del órgano judicial en la tesis acusatoria fiscal, intromisión que toma sustento en posiciones jurisprudenciales que justifican positivamente su aplicación siempre que se respete al derecho de defensa del imputado, la igualdad de armas ínter partes, además que sea sometida a un contradictorio. En el presente trabajo explicamos que la aplicación excepcional de la tesis de desvinculación es planteada en búsqueda de la tan ansiada igualdad, pero desde una perspectiva diferente y poco tratada, como es referente a los derechos de la parte material representada por el Ministerio Público (parte procesal). La existencia de justificaciones para la aplicación de la desvinculación, evidencian posturas antagónicas, pues la muestran como la irrupción a las funciones fiscales en clara afrenta de los principios procesales del modelo actual. En el presente trabajo mostramos que esta institución procesal, tiene un anclaje justificatorio, cuando órgano jurisdiccional ejerza esta facultad que rompe el principio acusatorio, el de independencia y demás principios que erigen el nuevo modelo procesal, cuando advierta que la relación simétrica inter partes (a. razón de la falla, error, negligencia planteada en la tesis de imputación fiscal-acusación) se convierta en asimétrica, trascendiendo con ello sus efectos al directamente ofendido por el delito-víctima; viraje justificado a fin de restablecer la simetría del proceso penal, pues no olvidemos que el principio de acceso a la justicia-constitucionalmente amparado por cierto- no es de pertenencia del Ministerio Público sino es exclusividad de la víctima.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).