Resoluciones del Consejo Superior de Contribuciones causantes de Jurisprudencia

Descripción del Articulo

Se ha insistido mucho en que una de las conquistas perdurables debidas a la ciencia jurídica de los romanos es la distinción entre los derechos reales y los derechos de obligaciones en el campo de los derechos patrimoniales. (Ver: Jörs-Kunkel, Derecho Privado Romano § 35, Nº 2). A este propósito se...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Poder Judicial, Poder Judicial
Formato: artículo
Fecha de Publicación:1946
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/116575
Enlace del recurso:http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/13366/13995
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Se ha insistido mucho en que una de las conquistas perdurables debidas a la ciencia jurídica de los romanos es la distinción entre los derechos reales y los derechos de obligaciones en el campo de los derechos patrimoniales. (Ver: Jörs-Kunkel, Derecho Privado Romano § 35, Nº 2). A este propósito se recuerda la tripartición del Derecho que figura en las Instituciones del jurisconsulto Gayo (II siglo d. C.), en la cual se clasifican los derechos que pertenecen a las personas, a las cosas y a las acciones, esto es derechos personales, patrimoniales y procesal. Dicha clasificación figura también en las Instituciones del Emperador Justiniano (VI siglo d. C.) y es reproducida en los modernos códigos civiles y adoptada por los tratadistas con fines didácticos.
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