Los hechos en el precedente : fundamentos para una reconstrucción racional del precedente constitucional en el Perú
Descripción del Articulo
Con la puesta en vigencia del Código Procesal Constitucional se introdujo al sistema jurídico peruano la figura del precedente constitucional vinculante. A la luz de dicha regulación, el Tribunal Constitucional ha emitido un sin número de precedentes vinculantes, los cuales demuestran ausencia de ra...
Autor: | |
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Formato: | tesis de maestría |
Fecha de Publicación: | 2018 |
Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Repositorio: | PUCP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/143718 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/12498 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Precedentes judiciales--Perú Tribunales constitucionales--Jurisprudencia--Perú Derecho procesal constitucional Common law https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | Con la puesta en vigencia del Código Procesal Constitucional se introdujo al sistema jurídico peruano la figura del precedente constitucional vinculante. A la luz de dicha regulación, el Tribunal Constitucional ha emitido un sin número de precedentes vinculantes, los cuales demuestran ausencia de racionalidad en la formación de estos, principalmente por los siguientes aspectos: formación abstracta del precedente constitucional, esto es, un precedente creado al margen de los hechos del caso concreto; y a partir de la ausencia de conexión entre el precedente y los hechos, se fijan como extremos vinculantes aquellos razonamientos que no son la ratio decidendi. Bajo este contexto, cabe preguntarse: ¿Es racional el modus operandi del Tribunal Constitucional en la formación e identificación del precedente constitucional? ¿Se pueden interpretar los artículos VI y VII del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional de manera distinta a la interpretación efectuada por el Tribunal Constitucional? Pues bien, con la expresión «precedente vinculante» se alude a la obligación que tienen los jueces y tribunales de seguir decisiones anteriores al tomar una decisión posterior. La doctrina del precedente, surgida en la tradición del common law, gira entorno a los hechos del caso particular. Así, las categorías que influyen en la comprensión de su significado y alcances -ratio decidendi, obiter dicta, distinguishing u overruling- solo pueden ser comprendidas a la luz de los hechos que configuran el caso en el que es creado, así como los hechos del caso en el que debe ser aplicado. A partir de ello, el precedente no es otra cosa más que la ratio decidendi construida para decidir un caso particular. Por eso, sin hechos no hay precedente. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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