Análisis de la Casación N°241-2019/Ancash
Descripción del Articulo
El presente informe es parte del Programa de Segunda Especialidad en Derecho Procesal, es por ello que se analiza la Casación N° 241-2019/ANCASH; la cual aborda los siguientes temas: prueba por indicio, el estándar probatorio y tipo penal colusión, los cuales serán parte del análisis en conjunto. La...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2021 |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/183488 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/21605 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Derecho penal--Perú Debido proceso--Perú Tutela jurisdiccional--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El presente informe es parte del Programa de Segunda Especialidad en Derecho Procesal, es por ello que se analiza la Casación N° 241-2019/ANCASH; la cual aborda los siguientes temas: prueba por indicio, el estándar probatorio y tipo penal colusión, los cuales serán parte del análisis en conjunto. La presente Resolución resolvió declarar FUNDADO el recurso de casación por inobservancia del precepto constitucional y quebrantamiento de precepto procesal interpuesto por la Fiscalía de Ancash contra la sentencia de vista de fecha 20 de noviembre de 2018, que revocó la sentencia de primera instancia de fecha 25 de junio de 2018, absolviendo así a los investigados de los cargos por colusión agravada en perjuicio del Estado. La Corte analizó si resulta determinante para el ejercicio del derecho de defensa, que el Ministerio Público mencione expresamente que probará los hechos mediante prueba por indicios y si la falta de tal mención significa la no valoración de los medios de prueba. Al analizar la casación, se concluye que la Corte correctamente señala que la fiscalía no vulneró el derecho de defensa al no postular expresamente la prueba por indicios y por ende estos pueden ser valorados. Sin embargo, la Corte ha excedido sus funciones al analizar los detalles de la acusación, sentencia de primera y segunda instancia concluyendo que la sentencia de vista no realizó una explicación suficiente y por el contrario la de primera instancia tenía una lógica trama argumentativa que atribuye responsabilidad penal –materias que no eran objetivos casacionales |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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