La suspensión del derecho de voto de los acreedores concursales ante supuestos de conflicto de interés
Descripción del Articulo
¿Qué tratamiento le debemos dar al acreedor que vota inducido por motivos ajenos al de maximizar la recuperación de su crédito? O, dicho de otra manera: ¿cómo tratar a un acreedor que pretende votar en una Junta de Acreedores sabiendo que lo que vaya a perder en el concurso lo va a ganar, incluso co...
Autores: | , |
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Formato: | artículo |
Fecha de Publicación: | 2022 |
Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Repositorio: | PUCP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/187240 |
Enlace del recurso: | https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/25673/24181 https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/25673/24195 https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/25673/24212 https://revistas.pucp https://doi.org/10.18800/iusetveritas.202201.007 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Conflicts of interest Insolvency proceedings Creditors INDECOPI Voting rights Conflictos de interés Rocedimiento concursal Acreedores Derecho de voto https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | ¿Qué tratamiento le debemos dar al acreedor que vota inducido por motivos ajenos al de maximizar la recuperación de su crédito? O, dicho de otra manera: ¿cómo tratar a un acreedor que pretende votar en una Junta de Acreedores sabiendo que lo que vaya a perder en el concurso lo va a ganar, incluso con creces, por otro?. Las preguntas anteriormente expuestas son solo algunas de las interrogantes que resuelven los autores, a través del presente artículo, el mismo que partiendo de un interesante caso, ofrece al lector un análisis claro referido al conflicto de interés de los acreedores concursales en el marco de las juntas de acreedores en materia concursal. Como se podrá observar a lo largo del texto, en opinión del autor, ante la falta de regulación expresa sobre este tema en nuestra Ley General del Sistema Concursal, son trasladables las limitaciones estatutarias o aquellas establecidas en la Ley General de Sociedades sobre conflictos de interés. En ese sentido, el autor sugiere como alternativa que se someta a consideración de la Junta de Acreedores la suspensión del derecho de voto del acreedor conflictuado. Sin embargo, más allá de la solución que se construye, resulta urgente e importante que se trabaje una modificación a la Ley General del Sistema Concursal a fin de tratar este asunto. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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