La subsanación voluntaria como eximente de responsabilidad bajo el amparo de la Ley del Procedimiento Administrativo General: primacía de la ley

Descripción del Articulo

La subsanación voluntaria de forma previa al inicio del procedimiento administrativo sancionador constituye un eximente de responsabilidad administrativa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1272, el cual trajo esta modificación a la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo Gene...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Zumaeta Arévalo, Ivan
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/184533
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/22128
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho administrativo--Legislación--Perú
Derecho procesal administrativo--Perú
Procedimiento administrativo--Legislación--Perú
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description La subsanación voluntaria de forma previa al inicio del procedimiento administrativo sancionador constituye un eximente de responsabilidad administrativa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1272, el cual trajo esta modificación a la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, a través del mencionado Decreto Legislativo, se dispone que la Ley del Procedimiento Administrativo General pasa a tener la condición de Ley común, estableciendo para tal efecto la pauta normativa que debe regir toda actuación administrativa. Sin embargo, como se puede apreciar en el presente trabajo, organismos reguladores como el OSINERGMIN han señalado a través de Resoluciones de Consejo Directivo, Reglamentos; entre otros, disposiciones que proponen un régimen diferente y menos beneficioso para el administrado, adaptando la institución de la subsanación voluntaria de una forma que vulneraría lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General, afectado de esta forma su carácter de Ley común, bajo un supuesto precepto de especialidad. Sobre el particular, se propone que tanto los organismos reguladores como las demás instituciones y entidades de carácter administrativo establezcan una regla de carácter común respecto a la figura de la subsanación voluntaria, ello con el objetivo de buscar la uniformidad e integración del sistema jurídico, sin que ello vulnere las pautas básicas dispuestas por Ley.
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