Informe jurídico sobre el Laudo Arbitral del Expediente N.º 1908-308-18-PUCP (Consorcio Puentes del Norte vs PROVIAS NACIONAL)
Descripción del Articulo
El presente informe jurídico tiene por finalidad analizar la controversia que nace al momento de determinar si una empresa privada cumple con su obligación de elaborar el Expediente Técnico en el marco de un contrato bajo la modalidad concurso oferta y sistema a suma alzada a pesar de la existencia...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/204493 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.14657/204493 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Contratos públicos--Perú Arbitraje y laudo--Jurisprudencia--Perú Derecho administrativo--Jurisprudencia--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El presente informe jurídico tiene por finalidad analizar la controversia que nace al momento de determinar si una empresa privada cumple con su obligación de elaborar el Expediente Técnico en el marco de un contrato bajo la modalidad concurso oferta y sistema a suma alzada a pesar de la existencia de un incremento económico que no estaba contemplado inicialmente para la ejecución de obra. ¿Qué sucede cuando el incremento del monto incide directamente en la prestación de ejecución de obra, más no en la elaboración de ET? En el presente caso se demostrará que el análisis del cumplimiento de ambas prestaciones debe realizarse de manera independiente, es decir, atendiendo a su naturaleza jurídica propia. Asimismo, se probará que el aumento del presupuesto ofertado resultaba ser la única solución viable para garantizar una estructura segura y funcional de la obra. También se analizará cómo se ha establecido la gestión de riesgos en los contratos bajo la modalidad concurso oferta y sistema a suma alzada. Finalmente, a la luz de la LCE y el RLCE, se demostrará que la decisión de no emitir conformidad del ET no fue llevaba a cabo conforme a los parámetros establecidos, careciendo de sustento objetivo. Todo ello, para concluir que en el presente caso el contratista cumplió con la elaboración del ET en el marco de contratación sobre el cual se suscribió. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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