Informe sobre Resolución del Tribunal Constitucional respecto al Expediente N° 02970-2019-PHC/TC, Caso de Orden de Prelación de los Apellidos de Jhojana Rudas Guedes

Descripción del Articulo

Jhojana Rudas Guedes interpuso una demanda contra RENIEC solicitando la inaplicación del artículo 20 del Código Civil, debido a que dicha entidad condicionó la entrega de su DNI a la modificación del orden de sus apellidos en su partida de nacimiento, donde el apellido materno figura en primer lugar...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Veneros Chiclote, Cinthya Li
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/200961
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/28514
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Nombres personales--Jurisprudencia--Perú
Perú. Tribunal Constitucional--Jurisprudencia
Igualdad ante la ley--Legislación--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Jhojana Rudas Guedes interpuso una demanda contra RENIEC solicitando la inaplicación del artículo 20 del Código Civil, debido a que dicha entidad condicionó la entrega de su DNI a la modificación del orden de sus apellidos en su partida de nacimiento, donde el apellido materno figura en primer lugar. Argumenta que este condicionamiento vulnera su derecho a la identidad, así como su derecho a la igualdad y no discriminación por razón de sexo. En este contexto, el presente trabajo abordará el análisis del fallo emitido por el Tribunal Constitucional, comenzando por determinar si la interpretación realizada por RENIEC fue constitucional o no. Asimismo, se evaluará si, existió vulneración al derecho a la identidad, en relación con el nombre como elemento dinámico y el derecho al libre desarrollo de la personalidad,así como, la vulneración del derecho a la igualdad y no discriminación, analizado a la luz del avance social y normativo, desde un enfoque de género. Por último, también se analizará si se respetaron los parámetros del principio de legalidad por parte de RENIEC y si el habeas corpus fue la vía adecuada para que la demandante exija la protección de sus derechos.
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