Efectos de la norma antielusiva general en los directorios de las empresas de seguros y reaseguros

Descripción del Articulo

La recaudación tributaria de nuestro país se ve afectada a consecuencia de la elusión fiscal, que es practicada desde hace muchos años por los contribuyentes, quienes recurren a expertos en la materia para estructurar planeamientos fiscales agresivos y, de esta manera disminuir su base imponible y o...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Martin Beuermann, Ricardo Alberto
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2020
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/175468
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/18574
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Evasión de impuestos--Legislación--Perú
Impuestos--Legislación--Perú
Derecho tributario--Perú
Delitos tributarios--Legislación--Perú
Evasión de impuestos--Legislación--España
Evasión de impuestos--Legislación--Chile
Evasión de impuestos--Legislación--Colombia
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La recaudación tributaria de nuestro país se ve afectada a consecuencia de la elusión fiscal, que es practicada desde hace muchos años por los contribuyentes, quienes recurren a expertos en la materia para estructurar planeamientos fiscales agresivos y, de esta manera disminuir su base imponible y obtener beneficios tributarios indebidos. El Poder Ejecutivo con la finalidad de evitar estos actos el 18 de julio del 2012, incorporó la Norma XVI al Título Preliminar del Código Tributario, la misma que fue cuestionada desde su entrada en vigencia por diversos gremios empresariales, debido a sus imprecisiones, razón por la cual en el mes de julio del 2014 sus efectos quedaron suspendidos mediante el artículo 8 de la Ley N° 30230, dado que el Poder Ejecutivo tendría que previamente reglamentar los parámetros de forma y fondo para su aplicación, y en razón a ello, dicha norma fue publicada el 06 de mayo del 2019. La norma antielusiva desde su concepción no fue gratamente percibida por el sector empresarial, ya que les impuso una nueva limitación legal, pero ha llamado bastante la atención, y a su vez ha generado una gran preocupación el haberse establecido un régimen de responsabilidad solidaria e ilimitada conjuntamente con los miembros del directorio y representantes legales que participen en actos de planificación fiscal. La presente investigación está orientada a demostrar la necesidad de que los directores cuenten con una póliza D&O para salvaguardar su patrimonio personal, como consecuencia del nuevo régimen de responsabilidad solidaria instaurado por el Estado. Así mismo, se ha realizado un análisis comparativo de la norma antielusiva peruana frente a otros países a fin de analizar las críticas que la misma ha recibido al supuestamente vulnerar principios como el de reserva de ley, seguridad jurídica, debido proceso y no ofrecer un procedimiento administrativo garantista.
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