Informe Jurídico sobre la Resolución 1008-2013/SPC-INDECOPI
Descripción del Articulo
El principal problema del caso gira en torno a analizar si los remedios adoptados por el proveedor ante el defecto en el producto se encuentran dentro de los alcances del deber de idoneidad y, en consecuencia, determinar que Claro es responsable administrativamente. En base al criterio establecido e...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2023 |
Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Repositorio: | PUCP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/195040 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/25577 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Protección del consumidor--Legislación--Perú Telecomunicaciones--Legislación--Perú Telefonía celular--Legislación--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | El principal problema del caso gira en torno a analizar si los remedios adoptados por el proveedor ante el defecto en el producto se encuentran dentro de los alcances del deber de idoneidad y, en consecuencia, determinar que Claro es responsable administrativamente. En base al criterio establecido en la Resolución 1008-2013/SPC-INDECOPI establece que, independientemente de que el proveedor haya corregido el defecto, basta que se acredite que hubo un defecto y que dicho defecto sea atribuible al proveedor, el proveedor debe de responder por dicho defecto. Por lo que, en el presente caso, el proveedor no logró acreditar que el golpe fue la causa de que el celular presentara defectos. Por lo que, Claro es responsable administrativamente por incurrir a una infracción al deber de idoneidad. Asimismo, analizar que no existió vulneración al debido procedimiento por parte de la Comisión al declarar nulidad parcial de la resolución de la primera instancia. Además, se analizará el recurso de revisión y si ante su interposición era posible ejecutar o exigir el cumplimiento de la medida correctiva y de la sanción emitida mediante Resolución Final Nº 3015-2012/PS3. Finalmente, cuestionar la aplicación del recurso de revisión en el presente caso. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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