La Nueva Ley Orgánica del Poder Judicial y las leyes 14066 y 14067
Descripción del Articulo
Acaba de producirse un acontecimiento que debe considerarse trascendental en el orden de la regulación de la función jurisdiccional en el Perú con la promulgación de las leyes 14065, 14066 y 14067. Se ha tratado de corregir los defectos y las corruptelas que 51 años de aplicación de la antigua L.O.P...
| Autor: | |
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| Formato: | artículo |
| Fecha de Publicación: | 1963 |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/116262 |
| Enlace del recurso: | http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/12919/13500 https://doi.org/10.18800/derechopucp.196301.005 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Derecho https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | Acaba de producirse un acontecimiento que debe considerarse trascendental en el orden de la regulación de la función jurisdiccional en el Perú con la promulgación de las leyes 14065, 14066 y 14067. Se ha tratado de corregir los defectos y las corruptelas que 51 años de aplicación de la antigua L.O.P.J. habían ido produciendo, como los sedimentos que van dejando las corrientes de agua, procurando también modernizar los principios y las normas que deben regir la realización del derecho, tanto desde el punto de vista orgánico y funcional como del fisiológico o de procedimiento. Estas tres leyes estrictamente constituyen un solo todo, a pesar de sus caracteres predominantes: organización y procedimiento. Pero no es posible establecer, salvo por razones de orden pedagógico, una entera y absoluta independencia entre los órganos depositarios de la función jurisdiccional y la determinación de la forma como deben actuar en la tramitación de los diversos juicios y procedimientos. Sea esto entendido como respuesta a la posible objeción teórica y doctrinaria de confusión de ambas esferas o de imprecisión en las fronteras que separan lo orgánico de lo procesal en la legislación que comentamos. A ello aún podríamos añadir, no solo como complicación sino como justificación de la compenetración de ambos aspectos que se nota al examinar esta legislación, que se advirtió desde el comienzo de los trabajos que le han dado origen que existía un anhelo colectivo porque se emprendiera una reforma inmediata que permitiera mejorar y acelerar la administración de justicia, para lo cual no bastaba la sola reforma de uno, sino que era necesaria la de ambos aspectos de la cuestión. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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