Las medidas extraordinarias y los decretos de urgencia en el modelo constitucional peruano

Descripción del Articulo

Uno de los principales problemas surgidos en la práctica constitucional, desde la perspectiva del equilibrio en la división de funciones de los poderes estatales, consiste en el empleo indiscriminado y frecuentemente inconstitucional de las medidas extraordinarias previstas en las cartas magnas vige...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Herrera Vásquez, Ricardo
Formato: artículo
Fecha de Publicación:1996
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/116236
Enlace del recurso:http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/5929/5938
https://doi.org/10.18800/derechopucp.199601.007
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Uno de los principales problemas surgidos en la práctica constitucional, desde la perspectiva del equilibrio en la división de funciones de los poderes estatales, consiste en el empleo indiscriminado y frecuentemente inconstitucional de las medidas extraordinarias previstas en las cartas magnas vigentes durante el actual proceso democrático, como potestad normativa del Poder Ejecutivo. Antes del célebre 5 de abril de 1992, ya se habían emitido más de dos mil quinientas medidas extraordinarias para regular todo tipo de materias, desbordando el marco de lo económico y financiero de manera preocupantemente frecuente. Por estas consideraciones, las medidas extraordinarias constituyen un tema de inocultable importancia y actualidad. Ya ha sido tratado intensamente por la doctrina nacional y extranjera, de manera que el presente trabajo pretende, básicamente, sistematizar las opiniones a las que tenemos acceso en nuestro reducido mercado bibliográfico, aventurando algunas ideas particulares. En primer lugar, abordaremos los antecedentes normativos de la institución en referencia, respecto del Derecho comparado y nacional. Acto seguido, pasaremos a analizar su regulación en la Constitución de 1979, a partir del debate preliminar en la Asamblea Constituyente. Trataremos también dos temas conexos: las medidas previstas en el artículo 132.º y la Ley N.º 25397 —de control parlamentario de los actos normativos del Presidente de la República—. Por último, evaluaremos su regulación en la actual Carta Magna.
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