Las convenciones probatorias en la etapa de juzgamiento en los juzgados unipersonales de la Corte Superior de Justicia de Puno y su regulación en el Código Procesal Penal, 2019

Descripción del Articulo

La presente investigación se encamina a estudiar el tema de las convenciones probatorias debido a su escasa aplicación en la actualidad; el trabajo es de carácter no experimental, de enfoque cuantitativo; la población es 265 expedientes de los 3 Juzgados Unipersonales de Puno del año 2019, y la mues...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Mamani Quiroz, Andrea
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Nacional Del Altiplano
Repositorio:UNAP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:https://repositorio.unap.edu.pe:20.500.14082/18051
Enlace del recurso:http://repositorio.unap.edu.pe/handle/20.500.14082/18051
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Convenciones probatorias
Etapa intermedia
Etapa de juzgamiento
Economía procesal
Prueba penal
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente investigación se encamina a estudiar el tema de las convenciones probatorias debido a su escasa aplicación en la actualidad; el trabajo es de carácter no experimental, de enfoque cuantitativo; la población es 265 expedientes de los 3 Juzgados Unipersonales de Puno del año 2019, y la muestra son 4 expedientes donde se aplicaron convenciones probatorias; el objetivo general es Determinar en qué porcentaje de procesos que se encuentran en la etapa de juzgamiento se aplicaron las convenciones probatorias, los objetivos específicos: Verificar la parte procesal que la propone, Conocer las causas por las que no se aplican y establecer si se dan las condiciones para su aplicación; las conclusiones son: el porcentaje de casos en los que se aplicaron es muy mínimo; Dentro de las causas que motivan la falta de aplicación de la convenciones probatorias tenemos el desconocimiento de dicha figura procesal por las partes, la falta de pro actividad para proponer su aplicación, el desconocimiento de las teorías del caso a fin de delimitar los puntos controvertidos y no controvertidos; La parte que propone su aplicación en todos los casos es el Juez de Investigación Preparatoria; En la etapa intermedia no se dan las condiciones necesarias porque no es exigible la presencia del imputado, lo que ha quedado comprobado con la verificación de la escasa presencia de los imputados en las audiencias preliminares; asimismo, se tiene la afluencia de defensores públicos, que en su mayoría no han conferenciado con sus patrocinados y se sienten limitados a fin de celebrar convenciones probatorias sin su autorización; por tanto, la etapa de juicio oral es la más idónea porque se presentan todas las condiciones para su aplicación, sin embargo se debe regular su obligatoriedad a fin de que el Juez de Juzgamiento deba instar a las partes su aplicación.
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