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Análisis de la legitimidad del ministerio público en el objeto civil cuando se produce el abandono del actor civil regulado por el código procesal penal

Descripción del Articulo

En la presente investigación se hace un estudio sobre la legitimidad del Ministerio Público en el objeto civil cuando se declara el abandono del actor civil en el proceso penal, ya que los Juzgados Penales asumen criterios diferentes, un sector decreta que ante el abandono del actor civil, el Minist...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Callo Diaz, Waldir Lucio
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Nacional Del Altiplano
Repositorio:UNAP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:https://repositorio.unap.edu.pe:20.500.14082/8527
Enlace del recurso:http://repositorio.unap.edu.pe/handle/20.500.14082/8527
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Ciencias Sociales
Derecho
Derecho Procesal Penal
Etapa Intermedia y Juicio Oral
Descripción
Sumario:En la presente investigación se hace un estudio sobre la legitimidad del Ministerio Público en el objeto civil cuando se declara el abandono del actor civil en el proceso penal, ya que los Juzgados Penales asumen criterios diferentes, un sector decreta que ante el abandono del actor civil, el Ministerio Público debe reasumir el objeto civil; mientras que otro sector asume que ya no se pronunciarán sobre el objeto civil del proceso penal. Como objetivo general se planteó analizar la legitimidad del Ministerio Público en el objeto civil cuando se produce el abandono del actor civil; y como objetivos específicos, analizar la naturaleza jurídica de la acción civil en el proceso penal, examinar la regulación del abandono del actor civil en el proceso penal, verificar el tratamiento judicial por parte de los Juzgados Penales de Puno al abandono del actor civil, y analizar las consecuencias que trae consigo que el Ministerio Público recupere o no legitimidad en el objeto civil cuando se produce el abandono del actor civil, por ello fue menester emplear el método jurídico dogmático. Se determinó que la naturaleza jurídica del objeto civil del proceso penal es eminentemente privada y disponible para su titular, llegándose a la conclusión de que el Ministerio Público no debe reasumir el objeto civil del proceso cuando se decreta el abandono del actor civil; salvo para tutelar a personas de alta vulnerabilidad, como el menor de edad y el incapaz de ejercer su derecho por sí mismo, que actuaron a través de un representante legal que abandonó el proceso.
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