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Informe jurídico sobre el expediente Nº02743-2021-PA/TC

Descripción del Articulo

El presente informa analiza la decisión del Tribunal Constitucional que declaró infundada la demanda presentada para obtener el reconocimiento en el Perú de un matrimonio celebrado en el extranjero entre personas del mismo sexo. El problema principal se centra en determinar si existe un deber consti...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Chavez Arpi, Fabiana Andrea
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2026
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/33420
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/33420
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Discriminación sexual
Perú. Tribunal Constitucional--Jurisprudencia
Derechos humanos--Jurisprudencia--Perú
Matrimonio--Legislación--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente informa analiza la decisión del Tribunal Constitucional que declaró infundada la demanda presentada para obtener el reconocimiento en el Perú de un matrimonio celebrado en el extranjero entre personas del mismo sexo. El problema principal se centra en determinar si existe un deber constitucional y convencional que obligue al Estado peruano a reconocer dicho matrimonio. Para ello, se examinan los principios de igualdad, no discriminación, dignidad, así como la relevancia del bloque de constitucionalidad y los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. De los estándares normativos expuestos, cabe mencionar la Constitución Política del Perú, el Código Civil, la Opinión Consultiva 24/17, determinada jurisprudencia interamericana y aportes doctrinarios contemporáneos en cuanto a los derechos LGBTIQ+. En el análisis se sostiene que, si bien el Tribunal Constitucional opera a partir de una lectura tradicional del concepto de institución matrimonial, dicha lectura resulta denigrante ante los estándares internacionales que prohíben la discriminación en función de la orientación sexual. A su vez, se sostiene que la negativa a otorgar el reconocimiento jurídico acarrea un trato desigual injustificado y que, por ende, existe un deber constitucional y convencional de garantizar el equivalente reconocimiento del derecho entre aquellos que integran una pareja del mismo sexo.
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