Informe Jurídico sobre la Resolución N° 0084-2020/SDC-INDECOPI: Uber ¿El villano de la competencia o la mejor oferta?

Descripción del Articulo

Los cuestionamientos acerca de las plataformas digitales y su participación en el mercado han suscitado importantes discusiones de índole dogmático y decisiones políticas frente a su regulación en distintos Estados. Así, nos encontramos frente a un estado de incertidumbre frente a la naturaleza jurí...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Tayro Campos, Camila Milagros
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/22929
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/22929
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Protección del consumidor--Perú
Transporte urbano--Perú--Estudio de casos
Competencia económica desleal
Comercio electrónico
Internet
Consumidores
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Los cuestionamientos acerca de las plataformas digitales y su participación en el mercado han suscitado importantes discusiones de índole dogmático y decisiones políticas frente a su regulación en distintos Estados. Así, nos encontramos frente a un estado de incertidumbre frente a la naturaleza jurídica de estas plataformas, lo cual nos exige identificar, por un lado, el servicio que se ofrece en particular y, por el otro, el grado de intervención frente a las prestaciones del servicio subsidiario que ofrecen: el servicio de taxi. Uber se puede considerar como un instrumento de intermediación, pero en distintos partes del mundo puede delimitarse sus funciones en marco de esta nueva modalidad de negocio y la necesidad de la normativa actual de recoger su desenvolvimiento en el mercado. Además, el presente informe delimitará no solo la posición en el derecho comparado sobre la naturaleza de estas plataformas, también de indagará la uniformidad de pronunciamientos que ha tenido el INDECOPI sobre esta coyuntura, en específico, las Comisiones de Competencia Desleal y la Comisión de Protección al Consumidor. De esta forma, se analiza la Resolución N° 0084-2020/SDC-INDECOPI en función de determinar el rol de las plataformas digitales en la regulación peruana, como también, si su desarrollo significa un acto de competencia desleal en la modalidad de violación de normas, considerando que la Ordenanza 1684° se encarga de regularizar las modalidades de prestación del servicio de transporte y, si la condición de economía colaborativa, exime a las plataformas digitales del cumplimiento esta normatividad. Como conclusión, se puede identificar la labor de intermediación de estas nuevas plataformas digitales como Uber; no obstante, se resalta su índice de participación frente a la prestación del servicio de transporte. No obstante, de acuerdo a la modalidad de violación de normas, no sería suficiente para poder declarar a Uber como responsable frente a aquella infracción.
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