Informe sobre expediente de relevancia jurídica, N°915- 2006, E-2719, "La reorganización simple y sus consecuencias tributarias"

Descripción del Articulo

El informe legal se concentra en el análisis de sus efectos tributarios y societarios a fin de determinar si la reorganización simple cumple con el requisito legal para ser gravada con IGV, así como el ámbito de aplicación de la Norma VIII del Código Tributario en el caso concreto, bajo un enfoque d...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Montoya Avelino, Reyter Charles
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/29988
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/29988
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho tributario--Jurisprudencia--Perú
Impuesto a la renta--Perú
Impuesto general a las ventas--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El informe legal se concentra en el análisis de sus efectos tributarios y societarios a fin de determinar si la reorganización simple cumple con el requisito legal para ser gravada con IGV, así como el ámbito de aplicación de la Norma VIII del Código Tributario en el caso concreto, bajo un enfoque doctrinario. La investigación tiene por objeto conocer la exactitud con la que la Administración Tributaria aplica la figura de reorganización simple y las implicancias tributarias que de ello se derivan. Asimismo, se aborda como hipótesis que la Administración Tributaria califica como reorganización de sociedades a nivel societario a los supuestos establecidos en la Ley N.º 26887, Ley General de Sociedades y a nivel tributario basado en las normas especiales tributarias para aplicar el beneficio de neutralidad fiscal. A partir de la doctrina y la casuística, la investigación examina los efectos de la reorganización empresarial en el marco societario y a nivel tributario. La investigación emplea una metodología cualitativa, es de carácter exploratorio y se realiza mediante razonamiento deductivo. Se determina que la figura de la reorganización simple no satisface todos los criterios para ser sujeto pasivo del Impuesto a la Renta y del IGV. Esto genera dudas respecto a la correcta aplicación de la Norma VIII del Código Tributario por parte de la Administración Tributaria. Los hechos analizados sugieren una posible incorrecta calificación de la reorganización a nivel tributario, lo que impacta negativamente en la previsibilidad y equidad en la aplicación de los beneficios fiscales asociados a la neutralidad tributaria.
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