Expediente 00581-2019: Anulación del laudo arbitral por falta de motivación según el artículo 63 numeral 1 inciso b) del DL 1071

Descripción del Articulo

El presente informe versa sobre el análisis realizado a la resolución N°7 del expediente 00581-2019-0-1817-SP-CO-02 emitida por la Segunda Sala Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, la cual trata sobre el recurso de anulación interpuesto por el PROYECTO ESPECIAL D...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Angeles Gomez, Veronica Esperanza
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/20094
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/20094
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Arbitraje y laudo
Arbitraje--Legislación--Perú
Contratos administrativos--Legislación--Perú
Contratos públicos--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente informe versa sobre el análisis realizado a la resolución N°7 del expediente 00581-2019-0-1817-SP-CO-02 emitida por la Segunda Sala Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, la cual trata sobre el recurso de anulación interpuesto por el PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA NACIONAL- PROVIAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PROVÍAS NACIONAL contra el laudo de fecha 22 de julio de 2019 emitido en el arbitraje seguido contra OBRAS DE INGENIERÍA S.A - OBRAINSA. A través de este informe, analizamos el problema acerca de la motivación que se produce en los laudos arbitrales, lo cual conlleva a abrir una ventana a que en sede judicial pueda revisarse de manera externa la decisión de estos laudos arbitrales y comprobar si efectivamente se cumplió o no con motivar el laudo arbitral. En ese sentido, en el presente informe, se concluye que la inexistencia de motivación en el laudo arbitral, transgrede el derecho a la debida motivación, no cumple con el principio de congruencia procesal y termina siendo correcto solicitar la anulación del laudo mediante el artículo 63 numeral 1 inciso b) del Decreto Legislativo 1071. Este análisis se desarrollará conforme a la revisión doctrinaria y jurisprudencial efectuada para el presente informe.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).