Informe jurídico sobre la Casación N.°790-2018/San Martín

Descripción del Articulo

El presente informe jurídico analiza la Casación N.º 790-2018/San Martín, centrada en la valoración de la declaración de la víctima como único medio probatorio en un proceso penal por delitos sexuales. El problema principal identificado es si la decisión judicial de acreditar parcialmente dicho test...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Novario Castilla, Diana Berenice de Jesus
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/31522
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/31522
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Perú. Corte Suprema de Justicia--Jurisprudencia--San Martín
Derecho penal--Jurisprudencia--Perú
Recurso de casación--Jurisprudencia--Perú--San Martín
Derecho procesal penal--Jurisprudencia--Perú
Delitos sexuales--Jurisprudencia--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente informe jurídico analiza la Casación N.º 790-2018/San Martín, centrada en la valoración de la declaración de la víctima como único medio probatorio en un proceso penal por delitos sexuales. El problema principal identificado es si la decisión judicial de acreditar parcialmente dicho testimonio, sin elementos de corroboración periférica, vulnera el debido proceso y el principio de presunción de inocencia. El análisis se realiza a través del método dogmático-jurídico, con base en normas constitucionales, legales, jurisprudencia nacional y doctrina especializada. Se aplica además el método sistemático de interpretación jurídica para establecer la relación entre los principios procesales y las exigencias probatorias. Se sostiene que la fragmentación del testimonio de la víctima, sin una valoración integral ni corroboración objetiva, compromete la imparcialidad judicial, debilita el derecho de defensa y afecta la debida motivación. Asimismo, se concluye que el estándar probatorio de certeza no fue alcanzado, en tanto el testimonio no superó el juicio de credibilidad conforme a los criterios exigidos por el ordenamiento jurídico. Finalmente, se coincide con el fallo de la Corte Suprema en cuanto a la indebida motivación de la sentencia de vista; sin embargo, se advierte que esta no abordó de forma suficiente la discusión sobre la idoneidad probatoria del testimonio único de la víctima en ausencia de otros elementos de cargo.
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