Análisis jurídico sobre la Resolución del Tribunal Fiscal No. 10923-8-2011

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación versa sobre la jurisprudencia del Tribunal Fiscal RTF No. 10923-8-2011, conforme a la cual un contribuyente cuestionó la aplicación de la Norma VIII del Código Tributario (CT) por parte de la SUNAT al recalificar una operación de escisión de un bloque patrimonial...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Carrillo Chávez, Rainer Ubaldo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/26488
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/26488
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Tribunales--Jurisprudencia--Perú
Organismos reguladores--Legislación--Perú
Propiedad inmueble--Legislación--Perú
Empresas--Legislación--Perú
Patrimonio--Legislación--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación versa sobre la jurisprudencia del Tribunal Fiscal RTF No. 10923-8-2011, conforme a la cual un contribuyente cuestionó la aplicación de la Norma VIII del Código Tributario (CT) por parte de la SUNAT al recalificar una operación de escisión de un bloque patrimonial conformado por inmuebles acordada por dos empresas de un mismo grupo empresarial por una operación de primera venta de inmueble, exigiéndose el pago de IR e IGV, así como multas aplicables. Al respecto, el Tribunal Fiscal resuelve declarando INFUNDADA la apelación y validando la aplicación de Norma VIII realizada por la SUNAT, sustentando ello en que conforme a una interpretación económica de la escisión acordada por las referidas empresas, se verificaba que dicho acuerdo de reorganización no cumplía ciertos “criterios” para ser considerada como tal. El presente trabajo de investigación tiene como finalidad abordar desde un enfoque normativo, jurisprudencial y de derecho comparado, si es que la SUNAT aplicó correctamente la Norma VIII en el referido caso, así como analizar si los argumentos que motivan la decisión del Tribunal Fiscal se encuentran conforme a derecho. Así, en la presente investigación se verifica que tanto el Tribunal Fiscal como la SUNAT basan su análisis de interpretación económica a partir de una jurisprudencia anacrónica para el caso materia de análisis, motivo por el cual se postula la aplicación de tan solo algunos de ellos. Adicionalmente, en tanto la norma VIII fue derogada y reemplazada por la Norma Antielusiva General (Norma XVI del CT), el presente trabajo postula un escenario del análisis del caso si es que la referida norma antielusiva se hubiera encontrado vigente, de manera que el presente trabajo sea de utilidad para futuras interpretaciones bajo la nueva norma.
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